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Un joven fue absuelto de acosar a su pareja, a la que le dijo que no se casaba con ella porque no era un “9” físicamente

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El juzgador, pese a reconocer el reproche penal que merece tal actitud, no ha podido condenar ante la posible prescripción de los hechos

VALLADOLID, 20 (EUROPA PRESS)

“No se qué hacer para que tengas un abdomen plano y poder lucirle, te amo a morir pero necesito el físico, si tuvieses el físico, no te digo 10 pero sí un 9, me había casado ya contigo”, son algunas de las lindezas con las que un joven obsequió a su pareja y que, sin embargo, ha sido absuelto de un delito leve continuado y dos de maltrato, y todo ello pese al reproche penal que el propio juzgador ha reconocido tras analizar los citados mensajes y otros de idéntico tenor.

El juicio por tales hechos tuvo por escenario el Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid, donde, frente a la petición absolutoria de la defensa, el fiscal del caso pidió que el acusado fuera condenado a veinte días de localización permanente y a la prohibición de acercarse a la denunciante, así como a su domicilio y lugar de trabajo a una distancia no inferior a 500 metros y de comunicar con ella por tiempo de seis meses, junto con la imposición de costas, mientras que la acusación particular–junto al delito de vejaciones incluía dos de maltrato–había elevado la petición a nueve meses de prisión y multa de 300 euros.

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Lo llamativo del caso es que el juzgador, en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press en fuentes jurídicas, reconoce que los mensajes dirigidos por el acusado a su entonces novia, con la que mantuvo una relación de pareja estable sin convivencia durante dos años hasta el 25 de noviembre de 2024, son claramente “vejatorios, denigrantes y ofensivos” pues los mismos contienen expresiones respecto de la imagen de la denunciante dirigidas a “menospreciar su aspecto, causando un grave daño a su dignidad como persona y al libre desarrollo de su personalidad, primando lo físico sobre lo intelectual” y, al mismo tiempo, “revelan un infantilismo relacional y una ausencia de compromiso personal evidente”, algo de lo que, como así añade el magistrado, confiesa sentir “vergüenza ajena”.

LOS MENSAJES NO HAN SIDO DATADOS

Con todo, el fallo final ha tenido que ser absolutorio y el juez lo justifica en el hecho de que no han sido datados los mensajes y por ello “resulta imposible discernir si los mismos y otras expresiones han sido realizados o no en el año anterior a la fecha de la denuncia, el 25 de noviembre de 2024, de ahí la duda de que la citadas ‘lindezas’ estén ya prescritas, a lo que añade también que en el acto del juicio oral tampoco se ha podido acreditar que el acusado maltratara físicamente a la denunciante los días 11 y 25 de noviembre de 2024.

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El juzgador se refería así al reproche penal que le merecen los mensajes incorporados al procedimiento del tipo “sin mí no eres nada, yo para tí un trofeo, antes destacabas en el grupo sin hacer nada, ahora te ves que no llegas……tú eras feliz comiendo bollos y sin cuidarte nada con la barriga, siempre tapada igual que tus amigas, hubieras sido tu una tía top desde el principio y todo hubiera sido distinto”, sin olvidar otras frases como en las que el ahora absuelto asegura no saber qué hacer para que su pareja tuviera “un abdomen plano y poder lucirle” o incluso condicionando una posible boda al hecho de que la denunciante fuera un “diez” físicamente.

“VERGÜENZA ME DARÍA NO TENER UN FÍSICO 10”

“Te juro que me estoy volviendo loco en pensar qué hacer, te amo a morir pero necesito el físico……lo necesito como el aire para respirar, si tuvieses el físico, no te digo 10 pero sí un 9, me había casado ya contigo…….y no se si algún día lo tendrás y me come por dentro, cambia tu físico y daré mi vida por tí, vergüenza me daría no tener un físico diez durante mi juventud, eso sí que es vergonzoso, ¿quieres que te enseñe las fotos de un buen físico o lo sabes ya?, quiero el físico que te mandé o parecido, ya o cuanto antes”, añade el exnovio de la agraviada.

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A pesar del fallo absolutorio, el titular de Penal 3 se despacha también con el acusado al recordarle que “el art. 10 de la Constitución española y el 14 no parecen haber ejercido ningún tipo de influencia en su mentalidad. Obsesionado por el físico y dotado de un evidente síndrome narcisista (él si se considera top, cuerpo 10 y amarse para colgar fotos suyas en redes sociales, conforme sus propios mensajes), los conceptos de dignidad humana, libre desarrollo de la personalidad e igualdad y no discriminación parecen que están ausentes de su vocabulario y de su forma de pensar”.

Y concluye el magistrado apuntando que “a las personas, si no se quiere tener problemas judiciales, no hay obligación de quererlas, pero si se las quiere no hay derecho a imponer cambios, y lo que se lee no es una motivación es una imposición de cambio que, como no se consigue, se reacciona vejando (saca culo, quita vientre) porque vejatoria es la letanía de frases expuestas”.


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