VALLADOLID, 7 (EUROPA PRESS)
El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica en su edición de este jueves, 7 de marzo, la Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio por la que se convoca el procedimiento de selección de arrendatarios de las 63 viviendas del edificio Puente Colgante de Valladolid.
Según recuerda el consejero, Juan Carlos Suárez Quiñones, en la exposición de esta Orden las 63 viviendas de este edificio se destinarán al alquiler social o cesión en uso durante un plazo mínimo de 50 años en ambos casos, plazo que se computará desde la fecha de su calificación.
El procedimiento de selección se llevará a cabo mediante un sorteo público que se celebrará por la Dirección General de Vivienda, Arquitectura, Ordenación del Territorio y Urbanismo entre quienes se encuentren en la lista definitiva de admitidos.
El sorteo se realizará ante notario mediante procedimientos manuales o informáticos que garanticen su “imparcialidad y objetividad” y que la selección de posibles arrendatarios se lleve a efecto “respetando los principios de igualdad, objetividad, publicidad y transparencia”.
Si quedaran viviendas libres una vez agotadas para cada cupo su lista principal y su lista de reserva, pasarán a formar parte de un nuevo procedimiento de selección mediante sorteo, en el plazo de seis meses. La lista de reserva para cada uno de los cupos tendrá un periodo de validez de dos años desde la fecha de celebración del último sorteo y los integrantes de la lista de reserva podrán seguir participando en los sorteos que se celebren en el citado período de validez.
Siete viviendas han sido reservadas a personas públicas y privadas sin ánimo de lucro de conformidad con los protocolos a suscribir con Asociación de padres y familiares de personas con autismo de Valladolid; Asociación Síndrome de Down de Valladolid, Fundación Personas de Valladolid y Plataforma representativa estatal de personas con discapacidad física de Castilla y León (Predif).
Las otras 56 viviendas están destinadas a personas físicas que constituyan una unidad familiar y entre los requisitos figura ser mayor de 18 años y menor o igual a 45 años y tener unos ingresos familiares que no excedan de 5 veces el IPREM, y no inferiores a 3 veces el IPREM.
El plazo de duración del contrato de arrendamiento será de un año, a contar desde la fecha de su otorgamiento y llegado el día del vencimiento se prorrogará “obligatoriamente” por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración de siete años, salvo que el arrendatario manifieste, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
Las viviendas se deberán destinar a residencia habitual y permanente de los arrendatarios.
Según consta en esta Orden consultada por Europa Press, en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación de esta Orden en el Bocyl, la Dirección General de Vivienda elaborará la lista provisional de admitidos en la que se incluirán todos los demandantes de vivienda protegida inscritos que cumplan los requisitos establecidos.
A continuación se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Valladolid, de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León de Valladolid y del Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital de Valladolid y en el Portal de la Junta de Castilla y León https://vivienda. jcyl.es.
Para ello, la Consejería ha promovido la rehabilitación del edificio Puente Colgante, situado entre la calle Puente Colgante números 52, 54 y 56, la avenida Reyes Católicos números 18 y 20 y la calle Juan Sebastián El Cano números 1, 3 y 5 de Valladolid, de titularidad pública, “con el objeto de fomentar e incrementar el parque público de viviendas energéticamente eficientes destinadas al alquiler social o a precio asequible para familias jóvenes”.
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