Inicio Castilla y León La defensa del ‘Chiqui’ solicita al TJSCyL que anule la condena y...

La defensa del ‘Chiqui’ solicita al TJSCyL que anule la condena y organice un nuevo juicio con otro jurado

0

El fallo ha sido recurrido también por la Asociación Víctimas, que pide una elevación de las penas y de las indemnizaciones

VALLADOLID, 26 (EUROPA PRESS)

La defensa de Pablo Antonio S.H. (‘Chiqui’) ha presentado recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León para que anule la condena dictada contra su patrocinado, que se leva a un total de 42,5 años de cárcel por el tiroteo registrado en Santovenia en julio de 2022, con el resultado de dos víctimas mortales, con el propósito de que se celebre nuevamente el juicio.

Así se recoge en el escrito del recurso, al que ha tenido acceso Europa Press en fuentes jurídicas, en el que como petición principal se interesa la celebración de un nuevo juicio con nuevo jurado por “falta de fundamentación del veredicto a la vista de la complejidad y la gravedad de los hechos enjuiciados” y, con carácter alternativo, se dicte sentencia absolutoria respecto de Pablo Antonio S.H. ante la falta de prueba objetiva y la inexistencia de prueba suficiente

En el supuesto de no obtener resultado positivo a cualquiera de ambas pretensiones, el defensor solicita del TSJCyL que aplique en un nuevo fallo a los delitos por los que ha sido condenado su cliente la atenuante de haber actuado a causa de su grave adicción a sustancias estupefacientes, algo que no estimó en su veredicto el jurado popular, al objeto de que las penas sean minoradas de forma correspondiente.

A juicio de la defensa, la motivación del veredicto sobre los distintos hechos que el jurado consideró probados y por los que ‘Chiqui’ fue condenado en relación a la comisión de un delito de tentativa de homicidio son a todas luces insuficientes por su absoluta parquedad dada la gravedad de las penas que se solicitaban por las acusaciones y que de hecho se han terminado imponiendo.

“El delito objeto del presente recurso tiene un análisis complejo y ello teniendo en consideración que, a pesar de existir imágenes de los mismos, en ningún caso determinan las conclusiones a las que llega el jurado y menos aún al argumentario ‘ad hoc’ que formula el presidente de la Sala en relación con el delito en cuestión”, aduce el letrado defensor.

Será por tanto la Sala de lo Civil y Penal del TJSCyL, con sede en Burgos, la encargada de analizar dicho recurso y el que también ha sido presentado por la acusación popular ejercida por la Asociación Víctimas, cuyo representante legal, Jorge Piedrafita, solicita tanto la elevación del conjunto de penas, de 42,5 años a un total de 52, como de las indemnizaciones para las familias de las víctimas, que la Audiencia de Valladolid fijó en 663.000 euros y que dicho acusador sitúa en 1.550.000; es decir, 887.000 euros más.

En su sentencia, el magistrado que presidió el juicio con jurado contra ‘Chiqui’ le impuso dieciséis años y medio de cárcel por el asesinato de su vecino Dionisio A.P. (‘Dioni’) con la atenuante de estado pasional, otros dieciocho años de privación de libertad por el homicidio doloso del jefe de la Unidad Especial de Intervención (UEI), Pedro Alfonso Casado (‘Perico’) y atentado, seis años más de prisión por la tentativa de homicidio en la persona del hijo mayor de su convecino, Aitor–aplica idéntica atenuante–, y dos años más por la tenencia ilícita de armas agravada–por manipulación del número de serie que aparecía parcialmente borrado–.

A lo largo del juicio se reconstruyeron los trágicos hechos ocurridos la madrugada del 1 de julio de 2022 en Santovenia, donde una inicial pelea entre las familias de ‘Chiqui’ y ‘Dioni’, que hasta entonces eran “amigos” desde la infancia, desembocó horas más tarde en una espiral de violencia que segó la vida del segundo de ambos vecinos y del jefe de la Unidad Especial de Intervención (UEI), el teniente coronel Pedro Alfonso Casado (‘Perico’).

El agente había llegado a la localidad vallisoletana al frente de su unidad con base en Valdemoro (Madrid) y no pretendía otra cosa que lograr la entrega de ‘Chiqui’, quien tras matar a su vecino se había atrincherado en la vivienda junto con el entonces novio de su hijastra, Iván V, al que supuestamente mantenía como rehén y utilizaba como “baza” o “escudo” para evitar así la entrada a la fuerza de los funcionarios del Instituto Armado.

Si bien el origen de la disputa entre las familias no ha quedado muy claro, pues unos sostienen que parte de una agresión previa meses antes en un bar por parte del hijo mayor de Dionisio a la hija de ‘Chiqui’ y otros, en cambio, aluden a un ‘lío de cuernos’ entre la expareja del acusado y el fallecido, lo cierto es que la tarde-noche del 30 de junio se produjo una trifulca en la que resultaron lesionados ‘Dioni’ y su esposa, lo que obligó a ambos a ser trasladados hasta el Hospital Clínico Universitario para ser atendidos.

Sin embargo, ‘Dioni’, ya en la madrugada del 1 de julio, en lugar de esperar a recibir asistencia sanitaria, llamó desde el hospital por teléfono a su hijo mayor, Aitor, para que pasara a recogerle con su coche y acto seguido ambos regresaron a Santovenia.

Allí, Dionisio no subió directamente al tercero, donde vivía, sino que al pasar por la puerta del piso bajo de la familia de ‘Chiqui’ comenzó a aporrearla violentamente para pedirle explicaciones, tal y como ha quedado reflejado en la grabación de la cámara de seguridad existente en el portal del edificio.

UN TIRO SIN MEDIAR PALABRA

La puerta se abrió de improviso y ‘Chiqui’, como él mismo ha reconocido en el juicio, empuñó su viejo fusil Mauser y, sin mediar palabra alguna, descerrajó a su “amigo” de la infancia un certero tiro a la altura del estómago que le dejó prácticamente muerto en el acto antes de caer al suelo. El jurado no dudó a la hora de calificarlo como asesinato.

El calibre del proyectil, del 7.62, considerado de guerra y ahora utilizado para caza mayor porque asegura que la pieza abatida queda inerme en el terreno, convirtió en infructuosas las maniobras de reanimación a las que fue sometida la víctima.

Pero además, una de las claves a lo largo del juicio se centró en tratar de acreditar si Aitor estuvo a punto de correr la misma suerte que su padre cuando el verdugo de éste, fusil aún en ristre, apuntó al joven y le persiguió, supuestamente, por el portal con la intención de alcanzarle con un segundo proyectil que aún había alojado en el cargador.

Aunque las acusaciones lo entendían totalmente acreditado y calificaban de tentativa de asesinato, la defensa de ‘Chiqui’ la descartaba de plano, como así entendió finalmente el jurado popular, que, no obstante, lo rebajó a una tentativa de homicidio porque el joven pudo defenderse ya que la acción del acusado “no fue sopresiva”.

A partir de ahí se sucedieron las horas en las que ‘Chiqui’ se hizo fuerte en el piso en compañía de su entonces yerno. Aunque las acusaciones sostenían que era su rehén, el jurado tampoco lo considera probado y se situó en el lado de la defensa, que desde un primer momento apuntaba que Iván se mantuvo dentro por propia voluntad hasta que finalmente abandonó el inmueble, una vez que la Guardia Civil entregó al acusado la dosis de matadona que había exigido.

Antes de eso, el máximo responsable de la UEI, apostado en el portal junto con otros de sus hombres, recibía un tiro mortal en la cabeza que ‘Chiqui’ efectuó a través de la puerta, acción que, a juicio de los acusadores, constituía otro claro delito de asesinato por cuanto el propio acusado llegó a reconocer que había disparado hacia el lugar donde escuchaba ruido y en el que se estaban moviendo los guardias civiles.

Sin embargo, el veredicto del jurado mantuvo que la muerte del agente no fue un asesinato sino un homicidio doloso. No vio sorprensiva la muerte teniendo en cuenta que el acusado ya había realizado disparos previos y ante las constantes amenazas previas, con lo que los agentes se encontraban pertrechados con sus equipos de protección balística.


- Te recomendamos -