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La Audiencia de Valladolid extiende la prisión provisional de ‘Chiqui’ por ocho años

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VALLADOLID, 17 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Valladolid ha acordado prorrogar durante ocho años la situación de prisión provisional de Pablo Antonio S.H. (‘Chiqui’), en concreto hasta el día 1 de julio de 2030, a falta aún de la sentencia correspondiente por el juicio con jurado concluido la pasada semana en la que fue hallado responsable del asesinato de su vecino Dionisio A.P. (‘Dioni’) y del homicidio doloso del teniente coronel de la Guardia Civil Pedro Alfonso Casado (‘Perico’), durante el tiroteo registrado la madrugada del 1 de julio de 2022 en Santovenia de Pisuerga.

En su auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial estima así la petición que al término del juicio fue formulada por la fiscal del caso para que el encausado viera prorrogada su situación de prisión provisional y a la que se adhirió el resto de las partes.

En su fundamentación, el presidente del tribunal de jurado apunta que “subsisten los indicios tenidos en su día para acordar la medida cautelar provisional, que llevaron a la emisión de un veredicto de culpabilidad en esos términos por parte de los miembros del tribunal del jurado, así como el posible riesgo de sustracción a la acción de la Justicia y consecuente fuga, habida cuenta de las penas susceptibles de ser impuestas, como la posibilidad de su reiteración delictiva”.

En su veredicto, los integrantes del jurado consieraron a ‘Chiqui’ autor de delitos de asesinato, homicidio doloso, tentativa de homicidio y tenencia ilícita de armas pero le exculparon, sin embargo, de la tentativa de asesinato en la persona del hijo de su vecino fallecido, Aitor, que rebajaron a tentativa de homicidio, y también le exoneraron del secuestro de su yerno, Iván V, pese a que las acusaciones le imputaban por ambos también.

Además, no aplicaron a ‘Chiqui’ atenuantes de trastorno ni de drogadicción aunque sí la de arrebato, al tiempo que el jurado se ha mostró en contra de cualquier suspensión de la condena y de la concesión de cualquier clase de indulto en favor del reo.

HORQUILLA DE ENTRE 44 Y 52 AÑOS

La fiscal del caso y un hermano del agente caído en acto de servicio, que pedían inicialmente 60 años, así como el letrado de ‘Dioni’ y la viuda e hijas del agente, que solicitaban 75 y 84 años, respectivamente, hicieron causa común a la hora de rebajar la solicitud global y situarla en 44 años para ‘Chiqui’ (22 por el homicidio del agente, 15 por el asesinato del vecino, 5 por tentativa de homicidio y dos años por tenencia ilícita de armas).

Por su parte, la acción popular ejercida por la Asociación Víctimas, que pedía 84, la rebajó a 52 (20 por el asesinato, 22 por el homicidio, ocho por tentativa de homicidio y dos por tenencia ilícita de armas) y la defensa, que interesaba doce años y medio, elevó el conjunto de penas a más de veintidós, de ellos dos por tenencia ilícita de armas, quince por el asesinato de Dioni, cinco por la tentativa de homicidio y una pena mínima, aunque sin concretar, por el homicidio doloso del teniente coronel, con la atenuante de obcecación.

A lo largo del juicio se reconstruyeron los trágicos hechos ocurridos la madrugada del 1 de julio de 2022 en Santovenia, donde una inicial pelea entre las familias de ‘Chiqui’ y ‘Dioni’, que hasta entonces eran “amigos” desde la infancia, desembocó horas más tarde en una espiral de violencia que segó la vida del segundo de ambos vecinos y del jefe de la Unidad Especial de Intervención (UEI), el teniente coronel Pedro Alfonso Casado (‘Perico’).

El agente había llegado a la localidad vallisoletana al frente de su unidad con base en Valdemoro (Madrid) y no pretendía otra cosa que lograr la entrega de ‘Chiqui’, quien tras matar a su vecino se había atrincherado en la vivienda junto con el entonces novio de su hijastra, Iván V, al que supuestamente mantenía como rehén y utilizaba como “baza” o “escudo” para evitar así la entrada a la fuerza de los funcionarios del Instituto Armado.

Si bien el origen de la disputa entre las familias no ha quedado muy claro, pues unos sostienen que parte de una agresión previa meses antes en un bar por parte del hijo mayor de Dionisio a la hija de ‘Chiqui’ y otros, en cambio, aluden a un ‘lío de cuernos’ entre la expareja del acusado y el fallecido, lo cierto es que la tarde-noche del 30 de junio se produjo una trifulca en la que resultaron lesionados ‘Dioni’ y su esposa, lo que obligó a ambos a ser trasladados hasta el Hospital Clínico Universitario para ser atendidos.

Sin embargo, ‘Dioni’, ya en la madrugada del 1 de julio, en lugar de esperar a recibir asistencia sanitaria, llamó desde el hospital por teléfono a su hijo mayor, Aitor, para que pasara a recogerle con su coche y acto seguido ambos regresaron a Santovenia.

Allí, Dionisio no subió directamente al tercero, donde vivía, sino que al pasar por la puerta del piso bajo de la familia de ‘Chiqui’ comenzó a aporrearla violentamente para pedirle explicaciones, tal y como ha quedado reflejado en la grabación de la cámara de seguridad existente en el portal del edificio.

UN TIRO SIN MEDIAR PALABRA

La puerta se abrió de improviso y ‘Chiqui’, como él mismo ha reconocido en el juicio, empuñó su viejo fusil Mauser y, sin mediar palabra alguna, descerrajó a su “amigo” de la infancia un certero tiro a la altura del estómago que le dejó prácticamente muerto en el acto antes de caer al suelo. El jurado, unánime, no ha dudado a la hora de calificarlo como asesinato.

El calibre del proyectil, del 7.62, considerado de guerra y ahora utilizado para caza mayor porque asegura que la pieza abatida queda inerme en el terreno, convirtió en infructuosas las maniobras de reanimación a las que fue sometida la víctima.

Pero además, una de las claves a lo largo del juicio se ha centrado en tratar de acreditar si Aitor estuvo a punto de correr la misma suerte que su padre cuando el verdugo de éste, fusil aún en ristre, apuntó al joven y le persiguió, supuestamente, por el portal con la intención de alcanzarle con un segundo proyectil que aún había alojado en el cargador.

Aunque las acusaciones los entendían totalmente acreditado y calificaban de tentativa de asesinato, la defensa de ‘Chiqui’ la descartaba de plano, como así ha entendido finalmente el jurado popular, que, no obstante, lo ha dejado en una tentativa de homicidio porque el joven pudo defenderse ya que la acción del acusado “no fue sopresiva”.

No considera acreditado el jurado que tras abatir a ‘Dioni’, su verdugo rematara a culatazos a la víctima mientras permanecía tirada en el suelo.

A partir de ahí se sucedieron las horas en las que ‘Chiqui’ se hizo fuerte en el piso en compañía de su entonces yerno. Aunque las acusaciones sostenían que era su rehén, el jurado tampoco lo considera probado y se coloca en el lado de la defensa, que desde un primer momento apuntaba que Iván se mantuvo dentro por propia voluntad hasta que finalmente abandonó el inmueble, una vez que la Guardia Civil entregó al acusado la dosis de matadona que había exigido.

Antes de eso, el máximo responsable de la UEI, apostado en el portal junto con otros de sus hombres, recibía un tiro mortal en la cabeza que ‘Chiqui’ efectuó a través de la puerta, acción que, a juicio de los acusadores, constituía otro claro delito de asesinato por cuanto el propio acusado llegó a reconocer que había disparado hacia el lugar donde escuchaba ruido y en el que se estaban moviendo los guardias civiles.

Sin embargo, el veredicto del jurado, con ocho votos, mantiene que la muerte del agente no fue un asesinato sino un homicidio doloso. No ven sorprensiva la muerte teniendo en cuenta que el acusado ya había realizado disparos previos y ante las constantes amenazas previas, con lo que los agentes se encontraban pertrechados con sus equipos de protección balística.


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