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El profesor de Medina (Valladolid) condenado por abusar de un menor se enfrenta ahora a otra causa de 23 años de cárcel

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VALLADOLID, 27 (EUROPA PRESS)

El profesor del Colegio San Juan de la Cruz de los Carmelitas Descalzos de Medina del Campo (Valladolid) A.F, quien en 2023 fue condenado por la Audiencia Provincial a 11 años de cárcel por abusar de un alumno, más tarde incrementados a 13 por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, se enfrenta ahora a otra causa que le sentará el próximo martes de nuevo en el banquillo acusado de una agresión sexual sobre otro escolar y por la que podría ser condenado a 23 años de prisión.

En esta ocasión, Fiscalía de Valladolid le imputa un delito continuado de agresión sexual a un menor de 16 años y otro delito de elaboración de pornografía infantil y solicita para el docente una condena de 16 años de cárcel por el primero y otros siete años por el segundo, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

Además, la acusación pública pide la de inhabilitación especial del docente para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por tiempo de 32 años, así como la prohibición de aproximarse y comunicar con la víctima durante 26 años y la medida de libertad vigilada por tiempo de 10 años con obligación de participar en un programa de educación sexual.

EL COLEGIO, RESPONSABLE SUBSIDIARIO

Respecto del capítulo de responsabilidad civil, Fiscalía interesa que el procesado y, subsidiariamente, el Centro Escolar San Juan de la Cruz de Medina del Campo sean condenados a indemnizar a la presunta víctima en la cantidad de 12.000 euros en concepto de daños morales.

Los hechos investigados se circunscriben al periodo entre 2014 y 2019 en el que la supuesta víctima, de 14 años, estuvo matriculada en el Colegio San Juan de la Cruz, Carmelitas Descalzos de Medina del Campo, donde permaneció los tres primeros cursos en régimen de internado en el seminario que estaba a cargo del profesor A.F, de 26 años.

Valiéndose de dicha condición de cuidador de los menores, siempre según la tesis del fiscal, el docente buscó un acercamiento personal al menor a quien invitó en numerosas ocasiones a su apartamento, que se ubicaba en dependencias del colegio, y al que el alumno acudía en ocasiones en compañía de otros menores internos con el fin de consumir bebidas alcohólicas y fumar cachimbas que les proporcionaba el acusado.

En una de esas ocasiones en la que ambos se hallaban solos en el apartamento, en fecha sin precisar del año 2014 y tras consumir bebidas alcohólicas, el procesado habría invitado al alumno a desnudarse y tras acceder éste le realizó varias fotografías con su teléfono móvil.

TEMOR POR LA DIFUSIÓN DE LAS FOTOS

En posteriores visitas el profesor sugirió al menor que se hicieran masajes y ya a mediados de octubre de 2014, en uno de estos episodios, se pasó a una masturbación mutua para más adelante, entre noviembre y diciembre del mismo año, producirse una primera penetración del acusado al menor a la que habrían seguido otras dos más en el curso de un mes.

La acusación pública sostiene que las relaciones sexuales descritas eran aceptadas por el alumno por el temor que le producía la posible difusión de sus fotos desnudo que el procesado tenía en su poder, pues, en varias ocasiones si se negaba a acudir al apartamento, el acusado le amenazaba con tal posibilidad, miedo al que se unía el respeto que sentía por el procesado en su condición de cuidador del seminario y profesor del centro escolar.

De hecho, profesor y alumno habrían llegado a establecer entre ambos un vínculo sentimental con ocasión del cual el primero acostumbraba a enviar al segundo numerosísimos mensajes de whatsapp y llamadas cariñosas en las que le pedía más fotografías desnudo

YA CONDENADO POR ABUSOS

En agosto del pasado año el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León elevó de once a trece años de prisión la pena impuesta al profesor por abusar de un alumno de 10 años de este mismo centro escolar durante en el verano de 2020.

Aunque la Sala de lo Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, desestimó el recurso del condenado, sin embargo estimó la petición de las acusaciones pública y particular e incluyó el delito de ‘child grooming’–supuso otros dos años más por engaño a menores para ganarse su confianza y poder abusar de ellos u obtener material pornográfico–junto con los ya observados de abusos continuados a menor y realización de pornografía infantil por los que fue condenado a seis y a cinco años, respectivamente.

El condenado, A.F, de 31 años cuando ocurrieron los hechos, era profesor contratado en el San Juan de la Cruz de Medina del Campo desde el año 2011 y fue durante el curso escolar 2019/2020 cuando le tocó ser tutor de la víctima, de 10 años y alumno de 5º de Primaria, a quien conocía de cursos anteriores al ser el director del coro infantil de dicho centro escolar, al que el menor asistía.

La Audiencia Provincial esgrimió como principal material probatorio el vídeo, como prueba constituida, en la que el niño relata todo lo sucedido.

“Por lo que se refiere a la credibilidad de su testimonio, el mismo es indiscutiblemente veraz. No hay ningún motivo que pueda enturbiar el testimonio del menor, que de forma clara relató al equipo psicosocial todo lo sucedido”, apuntó el tribunal sentenciador, que incluyó también como prueba bastante los testimonios de los padres y allegados a los que la víctima contó lo ocurrido, sumado a las fotografías y vídeos obtenidos durante el registro practicado en el domicilio del condenado.

El tribunal consideró probado que el denunciado, durante las excursiones que hacía con los menores del coro en actividades extraescolares, aprovechaba para acercarse físicamente a la víctima, procurando quedarse a solas con él, abrazándolo, y creando en el menor una dependencia emocional que reforzaba constantemente por vía de teléfono (llamadas y videoconferencias) y redes sociales (WhatsApp).

El profesor insistía al menor para que mantuviera contacto con él, para así iniciar una relación sentimental, hasta el punto de que el alumno se vio obligado a buscar un terminal telefónico que antes utilizaba y que tenía al parecer algún problema y se lo dio al acusado para que lo arreglara y así poder comunicarse entre ellos, todo ello con el propósito de manipularle, hacerle creer que eran pareja y así lograr los fines de carácter sexual que pretendía con el menor.

Decretado el estado de alarma el día 13 de marzo de 2020, con la llegada del confinamiento, el docente intensificó con la víctima el contacto a través del teléfono y las aplicaciones Whatsapp y FaceTime, hasta el punto de contactar con él más de tres veces cada día.

Durante esa etapa el colegio proporcionó una plataforma digital llamada ‘Educamos’ para poder llevar a cabo las clases, pero el acusado decidió usar con el menor, además de la citada plataforma, la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp para instarle a que le mandara mensajes utilizando expresiones como “te quiero”, “te amo”, al tiempo que le pedía que le efectuara videollamadas cuando se estaba duchando y que se hiciera fotos y vídeos y se las mandara.

En el relato de hechos probados se recoge cómo a finales de junio de 2020 el profesor pidió permiso a los padres para acudir a una reunión a su casa con otros miembros de la clase, niños de su misma edad, para hacer una especie de despedida de curso, lo que estos consintieron al haber más niños.

Sin embargo, el menor llegó antes a casa, previa petición del condenado, y aprovechó para realizarle tocamientos, situación que por aquellas fechas volvió a producirse cuando el pedófilo se presentó con su vehículo en el pueblo de los abuelos paternos de él, donde tienen una casa, con el pretexto de llevarle un regalo de cumpleaños.

Este acoso no cesó hasta que un día del mes de julio de 2022 el menor se lo contó a la que por entonces era la pareja de su padre, descubriéndose entonces todo lo sucedido.


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