
VALLADOLID, 5 (EUROPA PRESS)
La Audiencia de Valladolid ha impuesto al estafador confeso de telemarketing E.F.F. el pago de un total de 700 euros en concepto de indemnizaciones para resarcir a tres perjudicados del daño económico sufrido con motivo de la actividad delictiva desplegada entre septiembre de 2020 y octubre de 2021 cuando extrajo de las cuentas de una docena de clientes de Vodafone distintas cantidades tras acceder a la base de datos personales de las víctimas.
En su sentencia, el tribunal sentenciador, frente a la indemnización de 20.000 euros que reclamaba el fiscal del caso, deberá tan sólo abonar 50 euros a uno de los clientes que aún sigue reclamando y con otros 350 y 300 a otros dos estafados, siempre y cuando se compruebe que su entidad bancaria no les abonó el dinero estafado, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
El juicio celebrado en la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial había quedado centrado en la responsabilidad civil, después de que el encausado y el fiscal del caso cerraran un acuerdo en vía penal en virtud del cual E.F.F. se declaraba culpable y asumía una condena de dos años de prisión y una multa de 540 euros –no los cumplirá al haber quedado en suspenso–, de forma que tan sólo quedaba por dirimir el pago de las indemnizaciones que de forma directa se imputaban al acusado y, como responsables subsidiarias de las mismas, se reclamaban a citadas operadoras, cuyas defensas habían rechazado hacerse cargo del pago de cantidad alguna.
En este sentido, tanto la letrada del estafador como los de las operadoras discrepaban con el fiscal respecto de la obligación de abonar las indemnizaciones, el primero como responsable directo y las mercantiles como subsidiarias, Tres Telemarketing, “como empleadora” del acusado confeso”; Vodafone, “pues se estaba distribuyendo su producto”; y Phone House, “ya que el autor de la estafa realizó esta actividad desde una trastienda de su propiedad”, según el criterio del acusador público.
Frente a ello, las defensas habían alegado que la práctica totalidad de la docena de clientes afectados había renunciado al abono de cantidad alguna al haber ya sido indemnizada por el banco y por eso entendían que dicha entidad, que no se había personado en la causa, debería reclamar, si así lo considerara oportuno, a través de un procedimiento civil distinto.
Tal planteamiento ha sido finalmente estimado por el tribunal, que recuerda que ninguna entidad bancaria ni aseguradora se han personado en el proceso y por eso ha desestimado la RC de las operadoras, salvo las ya apuntadas que tendrá que abonar el condenado, aunque la Audiencia Provincial recuerda que las perjudicadas tienen abierta la vía civil para una posible reclamación.
‘A DEVOLVER’
Lo llamativo del caso es que al eximir a E.F,F, de la devolución del grueso de las indemnizaciones, al condenado le saldrá ‘a devolver’ la práctica totalidad de los 16.000 euros que antes del juicio consignó en vía judicial para hacer frente al pago de la RC y que, paradójicamente, le ha servido también para lograr una rebaja de la pena de cárcel al serle aplicadas las atenuantes de reparación del daño y moral.
El encausado confeso, que carece de antecedentes penales, entró a trabajar en febrero de 2020 en Tres Telemarketig, encargada de formalizar contratos para Vodafone, lo que le daba acceso a las bases de datos con información personal de clientes a través de la plataforma Smart de dicha mercantil.
Inicialmente, su trabajo lo realizaba en la trastienda de un establecimiento de Phone House en la calle Mantería y más tarde en una oficina situada en la calle Don Sancho, hasta la finalización de su contrato en marzo de 2021.
Pues bien, en ese periodo el acusado accedía a la plataforma en la que figuraban los datos de los clientes para, tras seleccionar posibles víctimas, fundamentalmente personas de edad avanzada y con cuenta asociada al Banco Santander, servirse de dicha información personal para, a través de un prolijo proceso, lograr la duplicación de las tarjetas SIM de las víctimas.
A partir de ahí, E.F.F. realizó, en beneficio propio, cargos fraudulentos en nombre de los perjudicados en distintos cajeros–en el caso de una de las víctimas se contabiliza una treintena de operaciones–, a la vez que efectuó numerosas compras en comercios de la provincia. El acusado no pudo continuar realizando los hechos al ser trasladado de puesto de trabajo, perdiendo la posibilidad de acceso a la base de datos.
Fue el 15 de junio de 2021 cuando la policía efectuó un registro en el domicilio del acusado, en la calle Costada Dorada de la capital, que compartía con sus padres y una hermana y donde los agentes se incautaron de varias prendas que portaba cuando realizaba los reintegros en los cajeros automáticos, dos de los teléfonos móviles para realizar los duplicados de tarjetas SIM de las víctimas, junto con imágenes correspondientes a la documentación de terceras personas y cuentas bancarias.
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