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Audiencia de Valladolid eleva de seis meses de cárcel a cuatro años la pena al condenado por zarandear a su bebé

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El progenitor acude ahora al Tribunal Supremo

VALLADOLID, 6 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Valladolid ha elevado hasta los cuatro años de cárcel la pena inicial de seis meses recaída sobre el hombre que fue acusado de zarandear a su bebé de tres meses en junio de 2020 y causarle distintas lesiones, entre ellas sendas hemorragias en las retinas de ambos ojos.

La resolución de la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Provincial estima de este modo el recurso de la Fiscalía y endurece el fallo anterior, de enero del presente año, dictado por el Juzgado de lo Penal número 4, que impuso al acusado seis meses de cárcel por un delito de lesiones por imprudencia, un año de alejamiento y la pérdida, durante tres años, de la patria potestad.

En la nueva sentencia de la Audiencia vallisoletana, recurrida ahora ante el Tribunal Supremo, la sala considera a D.V.S. autor de un delito de lesiones dolosas, con la agravante de parentesco, y eleva a cuatro años de prisión la pena privativa de libertad, junto con la retirada de la patria potestad de la niña durante cinco años y la prohibición de aproximarse y comunicar con ella por idéntico periodo de tiempo, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

En la sentencia de primera instancia dictada por el juez de Penal 4 se dieron por probados los hechos pero se consideró que el padre había perdido los nervios cuando zarandeó a la niña, algo que no era “habitual” ni se hizo “con mala intención”.

Durante el juicio, D.V.S. se declaró inocente, alegó que el episodio “accidental” en un momento en que la niña lloraba desconsoladamente, se puso “rígida”, se resbaló de entre sus brazos y se golpeó en la sien con un remache del cochecito.

La fiscal del caso, pese a escuchar la versión de lo ocurrido, decidió mantener su petición global de cinco años de prisión para el procesado al considerar que las lesiones obedecían al denominado “síndrome del niño zarandeo”.

La sentencia inicial estimó la responsabilidad civil que reclamaba el fiscal, por la que el acusado debería indemnizar a la víctima con 2.574 euros por las lesiones, al Sacyl con 2.622 por los gastos de su asistencia y con una cantidad a determinar en el supuesto de que aparecieran secuelas en la pequeña.

Las alarmas se encendieron el día 18 de junio de 2020 cuando los padres de la bebé, por aquel entonces de tres meses, acudieron a Urgencias del Hospital Clínico Universitario derivados por la pediatra del Centro de Salud Circular-Vadillos a la que ese mismo día y el anterior habían pedido consulta por una pequeña hemorragia que la niña presentaba en su ojo derecho.

Aunque la pediatra no detectó nada grave, la “angustia” de los padres y su insistencia para que fuera revisada por un oftalmólogo llevó a la médico a derivarlas al Clínico Universitario, donde un análisis más profundo de la bebé concluyó con la detención de su progenitor tras comprobar allí que no presentaba únicamente una hemorragia superficial y visible en el ojo derecho sino que dicha lesión era más profunda y afectaba a la retina de los dos y, a mayores, tenía distintas lesiones costales.

Durante el juicio, el acusado explicó que el 17 de junio su mujer se hallaba dormida y la niña empezó a llorar, sin que pudiera calmarla, con lo que decidió cogerla en brazos y según la levantó la pequeña “se puso rígida” y se le cayó de las manos golpeándose en la sien con un remache del cochecito.

“Vi que no le había pasado nada pero como seguía llorando desperté a mi mujer, que consiguió de inmediato calmarla al darle el pecho”, indicó el acusado, quien recordó que entonces salió a pasear con sus perros y que luego su pareja y su madre decidieron llevar a la niña al centro de salud alarmadas porque presentaba una pequeña hemorragia en el ojo derecho.

Tanto el procesado como su mujer, vecinos de La Cistérniga, han coincidido al señalar que las lesiones costales que luego se detectaron a la bebé, ya en el Clínico Universitario, se pudieron producir tres meses antes en el momento del parto, pues, como así relató ella, el proceso se dilató durante 35 horas y en las últimas cuatro o cinco varias personas que la asistían saltaron en dos ocasiones sobre su tripa para lograr que expulsara a la niña de forma natural.

Por su parte, los pediatras que atendieron a la niña en el Clínico Universitario pusieron en tela de juicio que el mecanismo causal de las hemorragias retinianas fuera un golpe con el remache del carrito y apuntaron como más creíble al “síndrome del niño zarandeado”, episodio que podría haberse producido en el contexto de unos padres primerizos con una bebé “colicosa” que por ello presentaba “irritabilidad” y en una pandemia que impedía a los progenitores recibir ayuda externa.

De hecho, varios policías que interrogaron a la pareja en el Clínico Universitario indicaron que la madre, en su primera declaración, llegó a reconocer que su pareja “gestionaba peor que ella” los lloros de la pequeña y que en alguna ocasión llegó a “balancearla” y “lanzarla” aunque sin soltarla y con la única intención de calmarla.

El incidente, además de la detención del padre, se tradujo también en que ese mismo día la niña pasó a tutela de la Junta y quedó ingresada en el Centro de Acogida el Carmen de las Hijas de la Caridad, con un régimen de visitas de dos horas al día para la madre y de dos horas los sábados para el acusado. Hoy, la niña se encuentra tutelada por una abuela.

La fiscal acusó al padre de la niña de dos delitos de lesiones y solicitó cuatro años de cárcel por uno de ellos y uno por el otro–en total cinco años de privación de libertad–, inhabilitación para ejercer la patria postestad por espacio de ocho años y la prohibición de acercarse o comunicar con su pequeña durante siete años.


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