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El reglamento de la UCLM que contempla las medidas para las faltas disciplinarias de los estudiantes entrará en vigencia este jueves

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TOLEDO, 5 (EUROPA PRESS)

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado este miércoles el Reglamento de régimen disciplinario del estudiantado de la Universidad de Castilla-La Mancha, documento que recoge la clasificación de faltas desde muy graves, graves hasta leves, así como sus correspondientes sanciones.

Tal y como refleja el DOCM y recoge Europa Press, se califican de faltas muy graves las relacionadas con realizar novatadas o cualesquiera otras conductas o actuaciones vejatorias, física o psicológicamente, que supongan un grave menoscabo para la dignidad de las personas; acosar o ejercer violencia grave, de palabra u obra, acosar sexualmente o por razón de sexo, discriminar por razón de sexo, orientación sexual, identidad de género, origen nacional, pertenencia a grupo étnico, edad, clase social, discapacidad, estado de salud, religión o creencias, o por cualquier otra causa personal o social.

Además, será muy grave alterar, falsificar, sustraer o destruir documentos académicos, incluidas las actas o cualquier prueba de evaluación, o utilizar documentos falsos ante la universidad, destruir y deteriorar de manera irreparable o sustraer obras catalogadas del patrimonio histórico y cultural de la universidad, así como plagiar total o parcialmente una obra, o cometer fraude académico en la elaboración del Trabajo de Fin de Grado, el Trabajo de Fin de Máster o la Tesis Doctoral.

Asimismo, suplantar a un miembro de la comunidad universitaria en su labor propia o prestar el consentimiento para ser suplantado, en relación con las actividades universitarias o haber sido condenado, por sentencia firme, por la comisión de un delito doloso que suponga la afectación de un bien jurídico distinto, cometido en los centros universitarios, sus instalaciones y servicios, o relacionado con la actividad académica de la universidad, se considerarán hechos muy graves.

La Universidad regional señala como grave apoderarse indebidamente del contenido de pruebas, exámenes o controles de conocimiento, deteriorar gravemente los bienes catalogados del patrimonio histórico y cultural de la universidad o impedir la normal celebración de actividades universitarias de docencia, investigación o transferencia del conocimiento o acceder sin la debida autorización a los sistemas informáticos de la universidad.

SANCIONES

Las sanciones aplicables por la comisión de faltas muy graves suponen la expulsión de la Universidad por un periodo que puede prolongarse desde dos meses hasta tres años. La sanción con expulsión constará en el expediente académico hasta su total cumplimiento. Suponen estas sanciones la pérdida parcial de derechos de matrícula, durante un curso o semestre académico.

Son sanciones aplicables por la comisión de faltas graves la expulsión de hasta un mes de la Universidad de Castilla-La Mancha, sin que esta sanción se pueda aplicar durante los períodos de evaluación final y de matriculación, según hayan sido definidos en el calendario académico por la universidad. Se podrá perder el derecho a la convocatoria ordinaria en el semestre académico en el que se comete la falta y respecto de la asignatura en la que se hubiera cometido, constando como convocatoria consumida en el expediente académico.

La pérdida de derechos de convocatoria no podrá afectar a los derechos relativos a las becas en los términos previstos en su normativa de desarrollo.


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