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AMPA del San Lucas y María recurre el decreto de admisión de alumnos de C-LM por no puntuar el acceso andando a centros

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TOLEDO, 23 (EUROPA PRESS)

La Asociación de Madres y Padres San Lucas y María, él único público del Casco Histórico de Toledo, ha presentado un recurso de alzada contra el decreto de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes que regula los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes de Castilla-La Mancha, al no puntuar esta norma la posibilidad de que el alumnado pueda desplazarse caminando a su centro educativo.

Así lo ha explicado Juan Francisco Pérez, abobado del despacho Grupo Legal que ha impugnado por vía administrativa este decreto, al entender que esta norma que regula los criterios y el procedimiento de acceso del alumnado para el curso 2023-2024 incumple normativa nacional y europea en cuanto a la sostenibilidad medioambiental.

Al no contemplar dicha directiva, ha explicado Pérez, Educación otorga la misma puntuación a los alumnos residentes en el casco, que sí pueden desplazarse caminando al único Instituto de Educación Secundaria que hay en el barrio antiguo, que es el Sefarad, que a otros que vienen de Argés, Layos u cualquier otro municipio limítrofe a Toledo, que obligatoriamente sí tienen que desplazarse en autobús o coche a los centros de Secundaria.

Por ello, ha relatado el de Grupo Legal, las familias residentes en el casco se sienten “discriminadas”, pues consideran que la Administración regional, al no valorar esa cercanía al domicilio, no protege su acceso a los centros públicos del barrio a los que sus hijos pueden ir andando, en este caso al Sefarad.

“No tienen acceso a ruta escolar ni facilidad alguna para ir en transporte público urbano, entre otras cosas, por la propia fisonomía de un centro histórico. Por ello, las familias se ven obligadas a tirar de su vehículo privado para poder llevar a sus hijos al instituto, ubicado fuera del Casco”, ha denunciado.

El representante legal del AMPA del San Lucas y María ha añadido que tras la interposición del recurso, la administración tiene tres meses para contestar.”Estamos seguros que vamos a llegar a un punto de acuerdo sin tener que aducir a la jurisdicción contecioso-administrativa”.

RECURSO

El recurso presentado por el AMPA ‘Padres Unidos’ impugna el artículo 11 letra b) que establece los criterios de admisión del alumnado, del decreto de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes que regula los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en lacomunidad autónoma de Castilla-La Mancha, al no valorar la proximidad al domicilio.

“En este sentido, es de aplicación el Real Decreto 931/2017, de 27 de octubre, por el que se regula la Memoria del Análisis de Impacto Normativo, que tiene por objeto desarrollar las previsiones contenidas en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en lo que se refiere a la memoria del análisis de impacto normativo que debe acompañar a los anteproyectos de Ley y proyectos de reales decretos-leyes, reales decretos legislativos y normas reglamentarias.

“La resolución que se impugna no ha tenido en cuenta, el impacto de carácter social y medioambiental, el impacto en materia de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad y al impacto que tiene para la Administración”, alegan.

“La población del Casco Histórico de Toledo está completamente desprotegida, generándole con cada acto Administrativo, la más patente de las indefensiones. A la falta de vivienda, los elevados precios del alquiler, ausencia de servicios o las dificultades para encontrar aparcamiento cerca del domicilio, se debe sumar la discriminación que sufren los alumnos que residen en el Casco Histórico de Toledo para poder elegir un centro de estudios cercano a su domicilio”, reza el recurso.

Desde el AMPA consideran que se debe realizar un estudio de movilidad activa “priorizando el que los alumnos puedan ir al centro de estudios caminando, o en bicicleta”, por ser ésta la opción “más saludable, exenta de emisiones, accesible y asequible para todos los ciudadanos”.

“A pesar de ello, se valora de igual manera a un estudiante que reside en el casco histórico de Toledo, que a un estudiante que reside en un municipio limítrofe que se desplaza en la ruta de transporte –autobús escolar–, o en un vehículo privado para poder llegar al centro de estudios”, critican.


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