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La defensa del conductor involucrado en el accidente mortal en la S-20 solicitó su traslado a un hospital psiquiátrico, sin embargo, esta petición fue rechazada

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Fue enviado al Dueso sin perjuicio de las posibles decisiones de la Administración Penitenciaria para tratar una “eventual enfermedad”

SANTANDER, 21 (EUROPA PRESS)

La defensa de E.M.G, el investigado por el atropello mortal de la semana pasada en la S-20, en Santander, solicitó su internamiento en un centro psiquiátrico como “alternativa” a la prisión preventiva por anomalía o alteración psíquica, pero el juez instructor lo denegó.

Según señala el juez instructor en el auto dictado el pasado viernes en el que decretaba prisión provisional, comunicada y sin fianza para el investigado, “cometido un hecho delictivo, prevalece la seguridad de las víctimas” y señala que el órgano sentenciador es “el único que puede aplicar medidas de seguridad” previstas en el Código Penal relativas al internamiento para tratamiento médico por alteración psíquica.

Añade el titular del Juzgado de Instrucción Número 4 de Santander, Luis Enrique García Delgado, que en la fase procesal actual (diligencias previas), “solo procede la prisión preventiva” para E.M.G, de 28 años, sin perjuicio de las decisiones que pudiera adoptar la Administración Penitenciaria para tratar la eventual enfermedad” que, indica, el propio letrado de la defensa “reconoce que no sabe cuál es”, o el abuso de sustancias tóxicas, “por desgracia habitual en nuestros centros penitenciarios”.

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Por todo ello, el juez denegó la petición de la defensa y decretó para el investigado prisión provisional en El Dueso.

En su auto, que no es firme y contra el que cabe recurso, el magistrado justifica la medida privativa de libertad porque, según señala, concurren tres requisitos exigidos por la ley para el ingreso en prisión provisional: indicios de la autoría, pena superior a dos años y riesgo de fuga.

Así, explica que “constan en la causa motivos bastantes para creer responsable criminalmente de los hechos al investigado”. Y es que un testigo ha reconocido cómo éste conduce el vehículo por la rotonda “de manera descontrolada” y cómo abandona el mismo y se da a la fuga.

Además, el juez añade en su auto que carece de permiso de conducir, que ha sido condenado cuatro veces por circular sin el mismo y que en la prueba de alcoholemia y drogas dio positivo, por lo que “existen pocas dudas indiciarias a efectos de realización del eventual juicio de autoría”.

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Asimismo, la medida persigue asegurar la presencia del investigado en el proceso, evitando el riesgo de fuga, y es que el magistrado entiende que concurre este riesgo si se tiene en cuenta “la elevada pena que pudiera imponerse”, de alrededor de diez años de prisión.

Junto a ello, también se trata con la prisión “evitar el riesgo de que siga cometiendo nuevos hechos delictivos”, y es que tiene cuatro antecedentes por seguridad vial, lo que “evidencia su desprecio por la seguridad vial y su peligrosidad, acrecentada además por el consumo de sustancias tóxicas de forma habitual”.

En definitiva, “nos encontramos ante una persona inestable y con desprecio manifiesto por la vida y seguridad de los usuarios de las vías públicas por donde circulaba habitualmente sin poder hacerlo, lo que aconseja su prisión preventiva, sin que quepan otras medidas alternativas menos gravosas”, concluye el auto.

El hombre está investigado por delito de homicidio por imprudencia grave, delito de abandono del lugar del accidente, delito contra la seguridad vial, hurto de uso de vehículo y delito de allanamiento, que podrían acarrearle una pena de alrededor de 10 años.

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Y es que no sólo atropelló mortalmente a una mujer de 72 años, sino que también dio positivo en alcohol y drogas, no tenía carné de conducir, había robado la furgoneta que conducía y causó otros dos accidentes viales antes del atropello. Tras huir del lugar se escondió en una vivienda de la zona que no era de su propiedad.


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