Fuentes de la Consejería han explicado que tienen 30 días para informar sobre su decisión
SANTANDER, 14 (EUROPA PRESS)
Los servicios jurídicos de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno regional analizarán las sentencias por las que el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha anulado el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel antes de decidir si se presenta recurso.
Así lo han informado a Europa Press fuentes de la Consejería que, por ahora no han valorado la decisión judicial conocida este miércoles, por las que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha estimado sendos recursos de la Asociación para la Defensa de los Recursos Naturales de Cantabria (ARCA) y el propietario de una finca afectada contra el decreto que en 2018 aprobó el PORN.
En ambos casos, las sentencias que anulan el PORN son recurribles ante el Tribunal Supremo por interés casacional.
La Sala anula el PORN al entender que no tiene “consideración suficiente a los valores y recursos dignos de protección” y respalda los argumentos de sendos demandantes al considerar que la zonificación que establece este documento no cumple con los objetivos de protección del propio Plan.
Para la Sala, “la metodología escogida y la concreta zonificación a la que se llega en el PORN de 2018 no cumple con los objetivos que, a nivel de principio, sostiene que persigue”.
Señala que a la hora de abordar la zonificación, el texto “no ofrece ninguna justificación sobre la escogida” e indica que el legislador autonómico “formalmente se ha apartado deliberadamente de las directrices de ordenación básica para la elaboración de los planes de ordenación de los recursos naturales”, recogidas en la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Considera que “muchos de los criterios empleados “resultan ajenos a la consideración de los valores naturales, imposibilitando concluir si se produce la protección necesaria exigida por los textos internacionales y nacionales que los regulan”.
En definitiva, todo ello “permite a la Sala concluir la ausencia deconsideración suficiente a los valores y recursos naturales dignos deprotección”, lo que conduce a anular el PORN impugnado y a condenar alpago de las costas procesales a las administraciones demandadas: elGobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Argoños.
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