GIJÓN, 14 (EUROPA PRESS)
Un hombre ha aceptado este miércoles una condena de 4 años y 6 meses de prisión por un intento de homicidio al golpear a otro en la cabeza con un objeto con el que había mantenido una relación de amistad hasta hacía un año en Gijón.
El juicio, previsto para hoy en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Gijón, no se ha llegado a celebrar tras llegar a un acuerdo con todas las partes (Fiscalía de Área de Gijón, defensa y acusación particular).
El procesado ha reconocido que a las 13.45 horas del 2 de julio de 2020, en la calle Venezuela de Gijón, a la altura de la Avenida de las Industrias, el procesado (2000) se encontró con la víctima, con el que había mantenida una relación de amistad hasta hacía un año, y sin motivo aparente, se abalanzó de manera imprevista sobre él y le golpeó en la zona derecha de la cabeza con un instrumento cuyas características concretas no constan pero, en todo caso, de cierta contundencia, con mango de madera y filo y una longitud total de unos 20 centímetros.
Acto seguido, el procesado abandonó el lugar y se dirigió a razona de la Campa de Torres, donde arrojó el instrumento utilizado al mar.El hombre sufrió lesiones graves que hubieran puesto en peligro su vida de no haber recibido asistencia médica inmediata. Le quedaron como secuelas trastorno de adaptación y pequeña lesión secular postraumático en convenidas frontal derecha. El procesado fue enviado a prisión provisional el 4 de julio de 2020.
Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa de los artículos 138.1, 140 bis, 106.1 a) c) g) y f), 16 y 62 del Código Penal. Concurre la circunstancia agravante de abuso de superioridad.
Tras reconocer los hechos, el procesado aceptó una condena de 4 años y 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, la medida de libertad vigilada durante 5 años con el cumplimiento de las siguientes medidas: obligación de estar siempre localizable mediante aparatos electrónicos, comunicar inmediatamente en plazo y por el medio que se establezca cualquier cambio de domicilio y prohibición de aproximación al denunciante y de comunicación con él por cualquier medio.
En concepto de responsabilidad civil, el procesado indemnizará a la víctima con 10.000 euros y al Sespa con la cantidad que resulte acreditada en concepto de gastos médicos. Todo ello, más los intereses legales correspondientes.
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