OVIEDO, 13 (EUROPA PRESS)
La Fiscalía del Principado de Asturias solicita una condena de tres años y seis meses de prisión para un exconcejal de urbanismo del Ayuntamiento de Corvera por un delito de cohecho y otro de negociaciones prohibidas a funcionarios públicos. También será juzgado el secretario municipal, como cooperador necesario de este último delito, para quien la Fiscalía pide un año de cárcel.
La vista oral comenzará este viernes, 14 de octubre, y se celebrará ante un Tribunal del Jurado en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo, a partir de las 9.30 horas.
El Ministerio Fiscal sostiene que, en el periodo comprendido entre el 9 de julio de 2007 y el 2 de agosto de 2008, el acusado en su condición de concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Corvera, se puso en contacto con un promotor inmobiliario a los efectos de conseguir formalizar un convenio urbanístico que desarrollase las Unidades de Actuación Las Vegas 3-PERI 1, que englobaba UA-V3-PERI; UA-V4 y UA-V5. Para ello, el 21 de mayo de 2008 el promotor constituyó la sociedad Viviendas Vegascentro, SL.
Se pretendía llevar a cabo un desarrollo conjunto de las tres zonas, estando vigente en ese momento las normas subsidiarias del año 1996 y encontrándose dentro del ámbito de la UA-V3-PERI 1 la propiedad del concejal, en concreto, una propiedad en la calle Quintanas de Chacón.
Durante este periodo se llegaron a redactar algunos proyectos de borradores de convenio, si bien no llegó a firmarse debido a un cambio en la corporación municipal.
En el año 2011, al ser nuevamente designado el procesado como concejal de Urbanismo, se reanudaron las negociaciones entre este y el promotor, según las cuales el mismo tenía que adquirir el 50% de las propiedades de esa zona, entre las cuales se encontraba la suya.
El promotor le ofreció 150.000 euros por ella, si bien el acusado le exigió, en una conversación mantenida en agosto de 2011, la cuantía de 600.000 euros y que la comprara en último lugar, una vez que estuviera perfilado de forma definitiva el Convenio Urbanístico a firmar con el Ayuntamiento. Esta petición se la reiteró en varias ocasiones, diciendo *o los cien millones o nada*.
El promotor inmobiliario no cedió a la entrega de esa cantidad, con lo cual, en la siguiente reunión que tuvieron para firmar el convenio, el edil acusado añadió una nueva condición y era que tenía que hacer un aparcamiento subterráneo en esa zona y ceder gratuitamente al Ayuntamiento 100 plazas, petición que era totalmente inasumible para el promotor. El convenio no se firmó.
Dado que el convenio no llegó a firmarse, el procesado, en su condición de concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Corvera, se puso en contacto con los redactores del PGOU de Corvera, a los efectos de hacerles llegar la nueva directriz política que debían plasmar en el proyecto, en relación con la zona, y ordenar una que fuera viable y permitiese la regeneración urbana, pero que dejase fuera de la unidad su propiedad. La redacción del PGOU fue aprobada provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión plenaria el 18 de enero de 2013 y, de forma definitiva, el 15 de febrero de 2015.
En la sesión del Pleno del Ayuntamiento del día 18 de enero de 2013, donde se iba a votar la aprobación del nuevo PGOU, el también acusado, secretario del Ayuntamiento de Corvera, afirmó de viva voz, dadas las cuestiones planteadas por varios concejales, que el concejal de urbanismo podía votar la aprobación del PGOU por considerar que tenía un interés general y difuso en el mismo, cuando en realidad sabía que el edil tenía un interés directo en el PGOU, al encontrarse su propiedad incluida e incrementado su aprovechamiento.
De esta manera, el acusado votó a favor del proyecto, pese a que había indicado la modificación en su propio y personal beneficio, incumpliendo así su deber legal de abstención. Deber que sí cumplió en la Comisión Informativa de Urbanismo celebrada el día 3 de junio de 2008 en el Ayuntamiento de Corvera, cuando, siendo concejal de Urbanismo, tras explicar la propuesta relativa al desarrollo urbanístico del PERI-I, zona donde se encontraba su propiedad, se ausentó de la Comisión durante el debate.
En este PGOU se realizó una nueva configuración de la zona, que permitió dar una nueva calificación a su propiedad que, de suelo urbano no consolidado, paso a convertirse en suelo urbano consolidado, constituyendo la propia finca solar con capacidad edificatoria de hasta 6 plantas, pasando por lo tanto de una superficie máxima edificable de 363,07 metros cuadrados y superficie patrimonizable de 326,77 metros cuadrados, a una superficie máxima edificable y patrimonizable de 838,20 metros cuadrados, sin necesidad de realizar cesiones pues, conforme a la anterior normativa, sí tenía que ceder al Ayuntamiento 36,30 metros cuadrados, destinar a suelo libre público 25,76 metros cuadrados y a superficie de viario 40,72 metros cuadrados. Tampoco tenía que constituirse en junta para su desarrollo, permitiéndole la edificación directa.
La Fiscalía considera que los hechos relatados son constitutivos de un delito de cohecho y un delito de negociaciones prohibidas a funcionarios públicos. Del delito de cohecho respondería el exconcejal en concepto de autor. Del delito de negociaciones prohibidas respondería el exedil en concepto de autor y el secretario municipal en concepto de autor, a título de cooperador necesario.
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