OVIEDO, 17 (EUROPA PRESS)
La Fiscalía del Principado de Asturias solicita un total de 17 años de prisión por varios delitos para un procesado por maltratar durante años, amenazar y agredir sexualmente a su esposa, en Siero. La vista oral finalizó este viernes en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo, y quedó vista para sentencia.
El procesado (1986) está casado desde hace 13 años con la víctima. La pareja tiene dos hijos, que en el momento de los hechos tenían 15 y 9 años, con los que convivían en el domicilio familiar en el municipio de Siero.
El Ministerio Fiscal sostiene que, durante la relación de noviazgo, que duró unos 5 años, se sucedieron diversos episodios violentos debido al carácter del procesado, muy posesivo y con frecuentes ataques de ira, que fueron intensificándose a partir del nacimiento del primer hijo.
Eran frecuentes las discusiones “debido a los celos y al control que el procesado trataba de ejercer sobre su mujer, exigiéndole que le diera cuenta de todos sus movimientos y aislándola de sus amistades y familia”, apunta el Ministerio Fiscal, indicando que el procesado “le dispensaba un trato vejatorio, humillante y amedrentador, no solo cuando estaban a solas, sino también en presencia de terceras personas y de sus propios hijos, profiriéndole de forma habitual expresiones como zorra, puta, hija de puta, gocha, sinvergüenza”.
“También le prohibía trabajar en determinados sitios y la llamaba incesantemente mostrando celos de sus compañeros de trabajo, le obligaba a cambiarse de ropa porque no quería verla arreglada o le controlaba la ropa interior que vestía”, expone la Fiscalía, remarcando que la escalada de violencia “culminó cuando su hijo mayor tenía poco más de un año”.
Se produjeron situaciones en las que la víctima era golpeada a patadas, puñetazos y bofetones, o bien era arrinconada contra una pared mientras él gritaba e insultaba y lanzaba objetos y enseres de la casa. Asimismo, durante la convivencia se produjeron situaciones en las que la víctima se veía obligada a mantener relaciones sexuales completas sin su consentimiento.
Esta situación hizo que la víctima adoptara una actitud de total sumisión y temor hacia su marido. No interpuso denuncia, “argumentando que si lo hacía empeoraría su situación, la cual erróneamente consideraba que podía manejar, sin advertir que ese clima de violencia, control y temor estaba afectando a toda la unidad familiar, menoscabando y degradando sensiblemente la integridad psíquica y el normal y sano desarrollo de la personalidad de cada uno de sus hijos”, exponen desde el Ministerio público, relatando que a raíz de uno de los episodios violentos, el procesado se fue del domicilio conyugal.
Sin embargo, el matrimonio continuó viéndose de modo intermitente, hasta que, en mayo de 2022, se produjo la ruptura definitiva por decisión de la víctima. El procesado no aceptó la decisión y le dijo que “si no volvía con él se iba a suicidar de un tiro, y llegó a bajar al armero que tenían en la casa para escenificar la amenaza, a la vez que le decía que si la veía con otro no respondía, que de prisión se sale pero del cementerio no”.
Además, el acusado trataba de controlarla y manipularla a través de sus hijos, a los que hacía partícipes de los innumerables incidentes que provocaba, instrumentalizándolos para satisfacer sus deseos, sin dudar en perjudicarlos.
Así, cuando le correspondían las visitas, no les atendía adecuadamente ni les daba de comer para forzar a su mujer a acudir a la vivienda, o bien se hacía acompañar por su hija de 9 años por distintos bares de la localidad, consumiendo alcohol hasta altas horas de la madrugada, tras lo cual regresaba a casa conduciendo su vehículo en ese estado. Esto fue lo que hizo que la víctima formulara denuncia.
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito violencia genero habitual, un delito de agresión sexual, un delito de lesiones y un delito de amenazas, con agravante de parentesco y de desprecio de género.
Así, solicita que se condene al procesado por el primer delito a 3 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 4 años y 1 día, e inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad durante 4 años. Además, la prohibición de aproximarse a la víctima y a sus hijos, domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar donde se encuentren, a menos de 500 metros, así como la prohibición de comunicarse o relacionarse con ellos por cualquier medio durante 4 años.
Por el segundo delito pide 12 años de prisión, con inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena. Además, la prohibición de aproximarse a la víctima, su domicilio, lugar de trabajo, ocio o cualquier otro frecuentado por ella a menos de 500 metros, y de comunicarse con ella por cualquier medio durante 15 años. Libertad vigilada a cumplir con posterioridad a la pena privativa de libertad durante 10 años e inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad, durante 17 años.
Por el tercer delito 1 año de prisión, con la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y privación del derecho a la tenencia de armas durante 2 años. Además, la prohibición de aproximarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo, ocio o cualquier otro frecuentado por ella, a menos de 500 metros, y de comunicarse con ella por cualquier medio durante 2 años.
Por el cuarto delito pide 1 año de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y privación del derecho a la tenencia de armas durante 2 años. Además, la prohibición de aproximarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo, ocio o cualquier otro frecuentado por ella, a menos de 500 metros, y de comunicarse con ella por cualquier medio durante 2 años.
Igualmente, reclama el abono de las costas procesales y en concepto de responsabilidad civil, indemnización a la víctima con 12.000 euros por los daños morales causados y al Sespa, con la cantidad que se acredite por los gastos de asistencia causados junto a los intereses legales correspondientes.
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