Supuestamente golpearon y maniataron a la víctima y le cogieron las llaves de su casa para entrar a robar
GIJÓN, 19 (EUROPA PRESS)
La Acusación pública ha modificado su escrito de conclusiones provisionales en el juicio contra unos acusados de entrar en un piso de citas de Gijón, agredir a la mujer que regentaba el negocio y, tras apoderarse de las llaves de su vivienda, trasladarse a su casa y robarle joyas, efectos y 20.000 euros en efectivo.
Inicialmente, imputaba los hechos a dos hombres, uno de los cuales se encuentra en situación de rebeldía. No obstante, a la conclusión de la vista oral, formuló acusación contra una mujer a la que ya acusaba la acusación particular.
Según una nota de prensa del Ministerio Público, tras las pruebas practicadas en la vista oral, el fiscal la considera coautora de un delito de robo con violencia del artículo 242.1 y 2 del Código Penal (cometido en el piso de citas) y cooperadora necesaria de un delito de robo con fuerza de los artículos 240 y 241.1 del mismo texto legal (cometido en la vivienda de la mujer que regentaba el negocio).
Por el primero de los delitos, el fiscal ha solicitado para ella una pena de cinco años de prisión con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; y por el segundo, la pena de cuatro años de prisión con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
La Fiscalía, asimismo, ha atribuido al procesado juzgado, además de los dos delitos de los que le acusaba –robo con violencia y robo con fuerza–, un delito de lesiones del artículo 147.1 del Código Penal.
Por este delito ha solicitado para el acusado una condena de un año y nueve meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
Con relación a los otros dos delitos, la Acusación pública ha mantenido su petición de condena inicial: por el delito de robo con violencia, cinco años de prisión con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y por el delito de robo con fuerza cuatro años de cárcel con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
Conforme al artículo 89 del Código Penal, se interesa la sustitución de la pena de prisión solicitada por el delito de robo con violencia por la expulsión del acusado del territorio español durante diez años.
En concepto de responsabilidades civiles, el Ministerio Fiscal ha añadido a los 840 euros solicitados por las lesiones causadas a la víctima, 2.000 euros más por las secuelas.
Además de estas cantidades, se solicita además una indemnización para la mujer regente del piso de citas con 20.000 euros por el metálico sustraído, así como con la cantidad que se acredite por el valor de los efectos robados. Asimismo, para una de las mujeres que se encontraba en el piso, se pide que le abonen 120 euros. El resto de calificación provisional se mantuvo.
En cuanto al relato de hechos, la Fiscalía sostiene que, en la mañana del día 28 de agosto de 2020, los acusados (La Habana, 1995; Caracas, 1992) accedieron a un piso de citas que se encontraba abierto al público en la calle Ezcurdia de Gijón.
Una vez dentro, golpearon y maniataron la mujer que regentaba el establecimiento, dejándola encerrada en una habitación. A continuación, se dirigieron al salón, donde estaban otras tres mujeres, a las que sustrajeron los bolsos y maniataron.
Posteriormente, los acusados cogieron del bolso de la víctima las llaves de su domicilio y se las entregaron a personas desconocidas, que -por mandato de los primeros- se dirigieron a la vivienda de la mujer, de donde sustrajeron joyas, 20.000 euros en efectivo, mochilas, gafas, bolsos y otros efectos no valorados.
La víctima sufrió contusiones y hematomas, de los que curó en 21 días. A una de las mujeres que se encontraban en el piso, le sustrajeron 120 euros del bolso.
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