Los usuarios tienen de plazo hasta el 17 de octubre para realizar el trámite. Esta vía de reclamación está abierta para los clientes que han abonado en metálico la totalidad o parte del tratamiento
La Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo del Principado recomienda a los afectados por el por el cierre de la clínica iDental de Gijón que hayan pagado al contado sus tratamientos que comuniquen los créditos que mantienen con esta compañía al administrador concursal, con el objeto de intentar recuperar el dinero. Esta petición se puede realizar una vez publicada la declaración de concurso voluntario de acreedores de la entidad Dental Global Management, S.
L, empresa matriz de las clínicas. Los datos de identificación del concurso, tramitado por el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid, son los siguientes: concurso ordinario 829/2018, con número de identificación general de procedimiento 28.079.00.2-2018/0095546. La dirección electrónica del registro público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es www.publicidadcncursal.es. Los acreedores tienen un mes de plazo a contar desde la publicación del concurso en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que se produjo el 17 de septiembre, para comunicar sus créditos al administrador concursal (Ernst and Young Abogados, S.
L.
P). Esto supone que la comunicación deberá hacerse, como tope, el próximo día 17. Podrán hacerlo mediante correo ordinario, en la dirección avenida de la Palmera número 33 de Sevilla o por correo electrónico a concursodentalglobaley@gmail.com. Consumo recuerda que los usuarios de la clínica podrán presentar la reclamación como acreedores en este proceso concursal si han abonado al contado, mediante tarjeta de crédito o transferencia a iDental, la totalidad o parte del importe del tratamiento, con el objetivo de intentar recuperar el dinero que se ha pagado sin haber recibido el servicio. En la comunicación del crédito deberá indicarse la información de identificación del concurso, así como el nombre, domicilio y demás datos del acreedor. También los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Además, es preciso acompañar copia, en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. La administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. También se indicará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique las comunicaciones que resulten necesarias. La declaración de concurso se refiere a la empresa Dental Global Managament, S.
L., entidad matriz del grupo, que contaba con 24 clínicas en España que operaban bajo distintas personalidades jurídicas. En el caso concreto de Asturias, la empresa que gestionaba la clínica de Gijón era INorte Dental Proyecto Odontológico SL, con NIF B-87320610. Al objeto de proporcionar una información correcta a los afectados, Consumo ha solicitado en repetidas ocasiones de la administración concursal aclaración acerca de si los pacientes que habían contratado con la clínica de Gijón debían comunicar sus créditos en el procedimiento. Tras varios correos y llamadas telefónicas no se ha recibido contestación, por lo que se aconseja que lo hagan. El Principado también ha realizado diversas gestiones con el Juzgado de lo Mercantil, que ha informado de que se está tramitando un preconcurso de acreedores para la empresa INorte Dental Proyecto Odontológico, sin que por el momento sea posible determinar cuál será el resultado de este trámite. Ante las dudas planteadas en el procedimiento, la Consejería de Sanidad recomienda a los afectados que hayan abonado al contado la totalidad o parte de su tratamiento que comuniquen sus créditos de la forma indicada anteriormente en el concurso de la entidad matriz.
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