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Accede a una condena de 15 meses de reclusión tras haber ingresado en la vivienda de su excompañero sentimental, de quien tenía restricciones por un dictamen judicial previo

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OVIEDO/GIJÓN, 5 (EUROPA PRESS)

Un acusado de entrar en la casa de su expareja, a la que no podía aproximarse por sentencia firme, reconoció este lunes los hechos que le atribuía la Fiscalía de Área de Gijón y aceptó una condena de 15 meses y 1 día de prisión y el pago de una indemnización a la víctima de 1.000 euros. La vista oral, conforme a la Ley del Jurado, estaba señalada esta mañana en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Gijón.

El acusado, nacido en 1978, mantuvo una relación sentimental con la víctima, con la que tiene en común una hija. Fue condenado en sentencia firme en enero de 2022 por un juzgado de lo penal de Gijón como autor de un delito de lesiones en el ámbito familiar a, entre otras penas, la prohibición de aproximación a la mujer a menosde 100 metros, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por ella, y la prohibición de comunicación por cualquier medio, todo ello durante dos años.

El acusado fue debidamente notificado para el cumplimiento de estas prohibiciones, que se iniciaron el 12 de enero de 2022 y que debían finalizar el 20 de diciembre de 2023.

El acusado, estando en vigor estas prohibiciones y con pleno conocimiento de las mismas, sobre las doce de la noche del 3 de marzo de 2022, accedió, levantando una persiana y abriendo la ventana de una de las habitaciones, al domicilio de su ex pareja, que se encontraba en ese momento en compañía de una amiga y de sus hijas menores de edad. Abandonó la casa, por la puerta, tras hablar con su ex pareja y al ver que ella cogía el teléfono para llamar a la Policía.

La mujer ha renunciado a las acciones penales, ejercitando únicamente las civiles.

El acusado ingresó en prisión provisional por esta causa por auto de 5 de marzo de 2022, hasta el 27 de julio de 2022. Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de quebrantamientode condena en concurso con un delito de allanamiento de morada del 202. Concurre la circunstancia agravante de la responsabilidad criminal de parentesco en el delito de allanamiento.

Tras reconocer los hechos, el acusado aceptó una condena de 15 meses y 1 día de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Abono de las costas procesales. El acusado indemnizará a la mujer con 1.000 euros en concepto de daños morales, con aplicación de los intereses legales correspondientes.


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