ZARAGOZA, 16 (EUROPA PRESS)
Las familias aragonesas que cuenten entre sus miembros con uno o varios menores con discapacidad podrán deducirse de la cuota íntegra autonómica el 25 por ciento de sus gastos en formación para que éstos desarrollen su vida de forma autónoma e independiente.
Así lo ha anunciado este martes, 16 de enero, la consejera de Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón, Carmen Susín, en el transcurso de su visita a la Fundación ASPACE en Zaragoza.
“Es una forma de ayudar en la atención post-temprana a las familias de los menores que necesitan esos apoyos para el desarrollo de su vida y de su autonomía personal”, ha declarado la consejera de Bienestar Social y Familia, una iniciativa creada por el Ejecutivo aragonés vigente a partir de 2024.
El objetivo, ha remarcado, es apoyar a las familias aragonesas dentro de las que hay menores con discapacidad para que éstos cuenten con un mayor respaldo para desarrollar su autonomía e integración social.
Acompañada por la presidenta, vicepresidente y gerente de ASPACE Zaragoza, Consuelo Ciria, Rafael Oliver y Mónica Iglesias, respectivamente- Susín ha explicado que esta deducción pretende llegar a todos los aragoneses que hacen frente al pago de actividades pensadas para reforzar la autonomía de menores de edad dentro de la unidad familiar que tengan una discapacidad igual o superior al 65 por ciento.
Se trata de una medida de la que podrían beneficiarse las familias de más de 700 niños y niñas aragoneses, de acuerdo con las estimaciones del IASS.
ATENCIÓN DE ASPACE
Esta iniciativa del Gobierno de Aragón se ha dado conocer en el recorrido que ha realizado este mediodía Susín por las instalaciones de ASPACE en las afueras de la capital de la Comunidad, donde la Fundación presta una atención integral a personas afectadas por parálisis cerebral, tanto a menores como a adultos.
Allí programan actividades de rehabilitación, sesiones de trabajo y terapia ocupacional y realizan una labor asistencial con la que potencian las capacidades de cada uno de sus usuarios, atendiendo a sus circunstancias. El objetivo de ASPACE es acompañarles a lograr su máximo rendimiento y la mayor autonomía posible, contribuyendo así a su integración plena dentro de su vida familiar y en sociedad.
La consejera ha podido conocer de primera mano el trabajo del personal, que incluye perfiles médicos, profesorado, educadores, fisioterapeutas, logopedas, psicólogos, terapeutas ocupacionales y cuidadores en el Centro de Educación Especial San Germán –que atiende niños y niñas con parálisis cerebral y trastornos afines de entre 3 y 18 años–, y también en los módulos de su Centro de Día, en la residencia Consuelo Ciria López y en la consulta.
Esa atención integral centrada en cada persona desde su primera infancia, necesita de apoyos, recursos y servicios específicos: ésa es la motivación por la que la Consejería de Bienestar Social y Familia y la de Hacienda han impulsado esta deducción. Así cientos de familias con niños y niñas que conviven con la discapacidad podrán deducirse parte de los gastos de formación a los que acceden en edades tempranas para desenvolverse con la máxima autonomía posible y desarrollar plenamente sus capacidades.
CONDICIONES Y LÍMITES DE LA DEDUCCIÓN
Desde el Gobierno de Aragón han señalado que la deducción será del 25 por ciento en el caso de las declaraciones conjuntas e individuales de acuerdo con la siguiente casuística: en familias numerosas en las que la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro no supere los 40.000 euros, la deducción será de hasta 300 euros por descendiente como máximo.
En el resto de familias, en las que la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro no supere los 25.000 euros, se establecen tres tipos de deducción:
En concreto, ha detallado que cuando la suma de bases imponibles no supere los 12.000 euros, la deducción será de hasta un máximo de 200 euros por descendiente; cuando la suma de bases imponibles se sitúe entre 12.000,01 y 20.000,00 euros, será de hasta 100 euros por descendiente; y cuando la suma de bases imponibles se sitúe entre 20.000,01 y 25.000,00 euros, será de hasta 80 euros por descendiente.
Respecto a las declaraciones individuales, en el caso de las familias numerosas, si la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro no supera los 30.000 euros, la deducción podrá llegar hasta los 300 euros por descendiente.
Las familias no tipificadas como numerosas con declaración individual podrán deducirse estos gastos en tres supuestos, siempre y cuando la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro no supere los 12.500 euros:
Si la suma de bases imponibles no supera los 6.500 euros, la deducción podrá ser de hasta 100 euros por descendiente; cuando la suma de bases imponibles se sitúe entre 6.500,01 y 10.000,00 euros, de hasta un máximo de 80 euros por descendiente; y cuando la suma de bases imponibles se sitúe entre 10.000,01 y 12.500,00 euros, hasta 50 euros por descendiente.
COMIENZA EL 1 DE ENERO
La deducción anunciada, con efectos desde el 1 de enero de 2024, corresponderá a quienes hayan satisfecho las cantidades destinadas al pago de la formación; no obstante, en el caso de matrimonios celebrados dentro del consorcio conyugal aragonés o cualquier régimen análogo, las cantidades satisfechas se atribuirán a ambos cónyuges por partes iguales.
En todos los casos, la acreditación documental del gasto deberá realizarse mediante factura o cualquier otro medio del tráfico jurídico o económico admitido en Derecho.
Hay que tener en cuenta que la deducción deberá minorarse –por cada descendiente– en la cantidad que corresponda a las ayudas percibidas en el período impositivo que corresponda y que haya recibido la familia por parte del Gobierno de Aragón o de cualquier otra Administración pública cuando ésta tenga por objeto cubrir la totalidad o parte de los gastos objeto de esta medida.
La deducción puede consultarse en el BOA número 249, publicado el 29 de diciembre de 2023, en concreto en dentro del Título IX, sobre normas tributarias, y en el capítulo I, de tributos cedidos, extractado en el documento adjunto.
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