ZARAGOZA, 20 (EUROPA PRESS)
La Diputación de Zaragoza (DPZ) ha convocado sus ayudas para que las asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro de la provincia organicen actividades culturales. Se han publicado este jueves en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). Los interesados tienen de plazo hasta el 10 de abril para presentar sus solicitudes.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de la provincia de Zaragoza con personalidad jurídica propia, inscritas en el correspondiente Registro Público, y cuyo domicilio social corresponde a municipios que cuenten con una población inferior a 50.000 habitantes.
Este año se ha vuelto a incrementar la dotación de estas ayudas hasta los 530.000 euros. Ya se aumentaron el pasado ejercicio de 450.000 euros hasta los 500.000 y, tal y como ha explicado la diputada delegada de Cultura de la Diputación de Zaragoza, Charo Lázaro, “dada la gran demanda de este tipo de ayudas hemos incrementado la aportación con el objetivo también de dinamizar la acción cultural en el medio rural, que es uno de los compromisos de este equipo de gobierno”.
Estas ayudas permiten una gran variedad de actividades: desde actuaciones de teatro, proyecciones de cine, cursos de folklore aragonés, edición de publicaciones y exposiciones culturales hasta rutas fotográficas, cursos de baile o de canto y talleres de lectura, entre otras actividades.
De igual forma, ha argumentado Lázaro, que desde la Diputación de Zaragoza contribuimos a fortalecer el actual tejido asociativo de la provincia, en este caso cultural, y que “es indispensable y necesario para desarrollar las acciones culturales, ya que llegan allí donde las administraciones no alcanzamos”. “De allí que nuestro compromiso sea el de ayudar económicamente a hacer posible los proyectos de estas entidades y asociaciones culturales”, ha añadido la diputada delegada de Cultura.
PROCEDIMIENTO
Las actividades culturales para las que soliciten la ayuda habrán de desarrollarse en la provincia entre el día 19 de octubre de 2024 y hasta el día 30 de septiembre de 2025. Se consideran gastos subvencionables aquellos de producción de las actividades, de promoción y difusión, también los gastos generados por personal contratado específicamente para la actividad objeto de la subvención que no permanezca con posterioridad en la plantilla de la entidad y exclusivamente por el tiempo durante el que dicha actividad se desarrolle.
Las áreas incluidas en esta convocatoria como actividades culturales son las vinculadas a la música, artes escénicas, artes plásticas y visuales, letras, libro y lectura, audiovisuales, actividades multidisciplinares. Y no serán objeto de esta convocatoria las actividades consideradas como actividad ordinaria de la entidad y que tienen como objetivo celebraciones de carácter lúdico y viajes lúdicos y/o recreativos.
Cada entidad solicitante solo podrá presentar una solicitud de ayuda y deberá presentar actividades con un presupuesto mínimo establecido de 1.500 euros (IVA incluido) y máximo de 7.500 euros (IVA incluido).
La cuantía individualizada de la subvención no podrá ser inferior a 1.200 euros ni superior a 6.000 euros, teniendo en cuenta que desde las Administraciones Públicas lo máximo que se puede subvencionar es el 80 % del presupuesto global.
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