ZARAGOZA, 6 (EUROPA PRESS)
El Juzgado de Instrucción número 7 de Zaragoza ha archivado de forma definitiva la causa que acusaba a la abogada y sindicalista Marta Laiglesia de intentar envenenar a su exmarido introduciendo benzodiacepinas en una croqueta en un bar.
El auto judicial indica que las imágenes de la sindicalista y su exmarido en el bar son de mala calidad y que el inspector de policía que aporta el informe en el que interpretaba las imágenes contradicen la exposición que hace el propio exmarido, ha informado CCOO.
Además, el informe médico forense revela que por parte del exmarido hay consumo reciente, no solo de benzodiacepinas, sino también de etanol –alcohol– en fase de eliminación, a pesar de que declara haber bebido únicamente agua.
Dicho informe afirma, asimismo, que “la acción depresiva que las benzodiacepinas produce en el sistema nervioso central provoca una sedación, pero mientras el sujeto está consciente la voluntad no está anulada”.
El médico forense concluye con “la dificultad que entraña el introducir dicho fármaco en una croqueta, por la propia estructura de la misma, que generaría una clara evidencia de forma previa a su ingesta por parte del sujeto –por sus características organolépticas, su sabor o textura–“.
Por último, otro informe de la operadora telefónica acredita que, a la mañana siguiente, el denunciante, pese a afirmar que había sido narcotizado, contacta con su expareja mediante correo electrónico, mantiene tres conversaciones telefónicas de varios minutos y desarrolla una intensa actividad desplazándose de su domicilio, cercano al Parque Grande José Antonio Labordeta, hasta el Actur y luego al centro de la ciudad, antes de acudir a las 12.00 horas al Hospital Miguel Servet tras realizar varios trámites bancarios y 25 llamadas telefónicas.
LA AFECTADA LAMENTA QUE NO SE RESPETARA SU PRESUNCIÓN DE INOCENCIA
Desde CCOO, han lamentado que “no se haya mantenido el respeto a la presunción de inocencia” y han cuestionado “el papel mediático de las personas portavoces del Cuerpo Nacional de Policía”.
Estas personas, han continuado, “no sólo no respetaron la presunción de inocencia, sino que difundieron públicamente la manipulación de una croqueta contradiciendo el informe policial que recoge una supuesta manipulación de la bebida”.
Unas grabaciones, además, que “no mantenían los requisitos imprescindible para su validez y que son los derechos básicos que tenemos los ciudadanos en una sociedad democrática”, como la aportación de los soportes originales, la aportación íntegra de todo lo grabado a fin de posibilitar la selección judicial de las imágenes relevantes para la causa o que la calidad de las mismas sea suficiente para que puedan valorarse como pruebas.
Así, Marta Laiglesia ha instado a los medios de comunicación que “se hicieron eco de una información falsa” a su rectificación. A su vez, ha reclamado a la Policía Nacional a “reconocer públicamente los defectos en la política de comunicación de sus portavoces”
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