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El plazo para solicitar las ayudas al alquiler de vivienda para la emancipación joven está abierto hasta mayo de 2024

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ZARAGOZA, 28 (EUROPA PRESS)

El Ayuntamiento de Zaragoza mantiene abierto el plazo de inscripción en la convocatoria de ayudas a la emancipación para jóvenes menores de 35 años, que pueden solicitar 400 euros para cubrir los gastos iniciales de la puesta en marcha de una vivienda en alquiler, hasta el 31 de mayo de 2024.

El periodo de presentación se inició el pasado 1 de septiembre de 2023 y estará abierto hasta mayo de 2024 o, en su defecto, hasta que se agote la partida presupuestaria, han informado desde el Ayuntamiento de Zaragoza.

Por el momento, más de 110 solicitudes han sido ya registradas. La ayuda supone un pago único de 400 euros por vivienda y será compatible con cualquier otra ayuda económica para la misma finalidad.

Este es el segundo año que se pone en marcha esta línea de ayuda al alquiler y en la anterior convocatoria 470 jóvenes se beneficiaron de estas subvenciones. Por barrios, en los que más solicitudes se registraron fueron Casco Histórico y Delicias con 81, respectivamente, lo que representa un 17,23 por ciento.

Le siguen San José con 55; Torrero con 42; El Rabal con 41; Las Fuentes con 36; Centro con 34; Universidad con 33; Sur con 18; Actur-Rey Fernando con 15; Oliver-Valdefierro con 11; La Almozara con 10; Casablanca con 4; Casetas con 4; y Garrapinillos, Juslibol-El Zorongo, Montañana, Monzalbarba y Movera, todos con 1.

LOS REQUISITOS

Para optar a estas ayudas es necesario tener una edad igual o inferior a 35 años, que la vivienda objeto de arrendamiento esté situada en el municipio de Zaragoza y no tener vivienda en propiedad en el término municipal.

Además, los solicitantes deben ser titulares del contrato de arrendamiento para el que solicita la ayuda y haber formalizado dicho contrato a partir del 1 de enero de 2023, y estar empadronado en la vivienda objeto de subvención.

Otros requisitos que se marcan son que los ingresos de la unidad de convivencia y/o titulares del contrato de arrendamiento no superen los 31.200 euros, y no tener parentesco, en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad, con quien arrienda la vivienda ni que sea socia o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador.

No se admitirán los arrendamientos de uso distinto del de vivienda, como los de temporada o habitación, ni los contratos de subarrendamiento. Y la renta mensual del contrato de arrendamiento no puede superar la cantidad de 600 euros, excluidos los anejos y gastos de comunidad.

La presentación de la solicitud se puede hacer preferentemente ‘online’ a través de la Plataforma Digital de Ayudas ‘https://www.fomentoalquilerjovenes.es/’, desde donde debe cumplimentarse la solicitud general y adjuntarse en formato PDF la documentación requerida.

La solicitud debe estar firmada electrónicamente a través de ‘wallet ID’. La información, detalles de requisitos, obligaciones, documentación en formato digital a presentar junto a la solicitud y cómo presentarla pueden consultarse en la página web: ‘https://www.fomentoalquilerjovenes.es/’.


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