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Vox cuestiona en el Congreso sobre la ocupación de viviendas y solicita “fortalecer la legislación”

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SEVILLA, 27 (EUROPA PRESS)

La diputada de Vox en el Congreso por Sevilla, Reyes Romero, ha registrado preguntas en el Congreso relativas al fenómeno de la okupación, “un problema cada vez más extendido por la provincia y que siempre acaban padeciendo las familias trabajadoras y humildes”, toda vez que la inmensa de las condenas por este tipo de situaciones aluden a viviendas propiedad de bancos o empresas inmobiliarias que se encontraban vacías al ser ocupadas.

“Los medios de comunicación se han hecho eco de los datos oficiales publicados por el Ministerio del Interior con respecto al fenómeno de la okupación. Durante 2023, se okuparon en la provincia de Sevilla 723 viviendas, esto es, a un ritmo de 2 por día. Un dato que es alarmante”, señala, mientras la estadística de delitos del INE arroja 218 allanamientos de morada con relación a 2023 pero en toda España, delito que implica el desalojo inmediato; pesando de otro lado 2.874 usurpaciones, es decir la ocupación de inmuebles no habitados ni como residencia ni como segunda residencia, tipología en la que se encuadrarían las ocupaciones denunciadas por bancos e inmobiliarias.

“No sabemos cuáles son los planes del Ministerio del Interior para reforzar la lucha contra la okupación en nuestra provincia. No obstante, es preocupante que tanto el gobierno como sus socios o bien nieguen el problema, o bien directamente lo aplauden”, indica Romero, añadiendo que “el gobierno debería promover el endurecimiento de la legislación penal para castigar con mayor severidad la okupación en sus diferentes supuestos”.

“Hay que respetar la propiedad privada y más la de muchos propietarios que han ahorrado toda una vida para que encima se ven desposeídos y se premie la ilegalidad”, ha enfatizado.

Tiempo atrás, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla confirmaba una sentencia previa, que condena a un varón a un año de cárcel por un delito de intento de robo con fuerza en casa habitada cometido en una vivienda de Espartinas, desestimando la tesis del inculpado respecto a que pretendía ocupar la casa para residir en ella y que debía ser absuelto al no haber sido acusado de delito intentado leve de ocupación, sino de robo con fuerza.

La Sección Tercera de la Audiencia no veía “compatible” dicha tesis, porque el encartado llevaba consigo sólo “objetos instrumentales para el robo, disponía de domicilio conocido e intentó acceder a una vivienda que presentaba signos de hallarse habitada, no siendo regulares ni habituales las ocupaciones en tales casos”.


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