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Tribunales.- Multa mensual de mil euros al expresidente de Ausbanc hasta cumplir su condena por difamación

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SEVILLA, 22 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de Primera Instancia número once de Sevilla ha impuesto al expresidente de Ausbanc Luis Pineda una multa mensual de 1.000 euros, “por cada mes que transcurra sin cumplir en su integridad” la condena que le obliga a publicar en su cuenta personal de la red social Twitter, durante diez días consecutivos, dicha sentencia condenatoria por difamar al portavoz de Facua, Rubén Sánchez.

En un auto emitido el pasado 6 de febrero, dicha instancia judicial aborda la ejecución de una sentencia en la que se condenó al expresidente de Ausbanc Luis Pineda a publicar en la red social Twitter, durante diez días consecutivos, el propio fallo judicial sobre sus difamaciones a Rubén Sánchez, exponiendo que “fue iniciado el cumplimiento” de la condena, “pero casi inmediatamente interrumpido, publicando el ejecutado tres tuits en tres días consecutivos en lugar de los diez días”, según la representación de Rubén Sánchez.

“Al tercer día, el ejecutado cerró o le fue cerrada su cuenta de Twitter, sin que en ningún momento procediera a abrirla de nuevo o, al menos, a abrir una nueva para continuar con la obligación”, señalaba la representación del demandante, según la cual Pineda “se desentendió del cumplimiento” de la condena.

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Pineda, frente a ello, según figura en el auto, reclamó “declarar prescritas las obligaciones” impuestas “o subsidiariamente, que se declare el archivo de las obligaciones por imposibilidad absoluta, sobrevenida y no imputable” a él, pidiendo que “se libre oficio a Twitter Spain a efectos que informe sobre la realidad de la cancelación de la cuenta” que tenía en dicha red social.

Pero el juzgado ha descartado la prescripción alegada y ha expuesto que “no consta en las actuaciones suficientemente justificado que el citado ejecutado no pueda publicar en Twitter el fallo de la sentencia porque no pueda reabrir su cuenta en dicha red social o no pueda abrir una cuenta nueva, por lo que debe rechazarse también esa solicitud de archivo y sin que haya lugar tampoco a enviar el oficio interesado a Twitter, al no constar que la información que se pretende obtener con la respuesta al mismo no pueda obtenerla el propio ejecutado”.

Por eso, impone a Pineda “una multa mensual de 1.000 euros por cada mes que transcurra sin cumplir en su integridad el pronunciamiento que le condenó a publicar en su cuenta personal de Twitter el fallo de la sentencia durante diez días consecutivos”.

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