SEVILLA, 20 (EUROPA PRESS)
El comité de empresa del servicio de grúa del Ayuntamiento de Sevilla y la unión temporal de empresas (UTE) gestora del mismo han alcanzado este jueves un “principio de acuerdo” en el Servicio Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales de Andalucía (Sercla), en torno al conflicto derivado de la decisión de la UTE, encabezada por el Grupo SSG, de no aplicar el convenio colectivo de empresa.
Según ha informado a Europa Press Santiago López, portavoz del comité de empresa, liderado por el Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (Sppme), en este nuevo encuentro en el Sercla, ambas partes han alcanzado un “principio de acuerdo”, que será ahora elevado a la asamblea de trabajadores del servicio municipal de grúa.
En caso de que la plantilla apruebe el preacuerdo, según ha dicho, esta misma tarde sería formalizada la firma del documento y a continuación serían desconvocados los paros parciales previstos para la Feria de Abril.
El calendario de huelga, aún vigente, afectó a toda la Semana Santa de 13,00 a 15,00 horas; de 15,00 a 17,00 horas y noche de 23,00 a 01,00 horas del día siguiente; mientras en los días de la Feria los paros están convocados de 12 a 14 horas, de 20 a 22 horas y de 23 horas a las 1 horas ya del día siguiente.
EL CONFLICTO
Para la convocatoria de huelga, el sindicato avisa de que la unión temporal de empresas (UTE) Grúa Sevilla, nueva adjudicataria de este servicio municipal y encabezada por el Grupo SSG, “no se ha subrogado de las condiciones laborales de los trabajadores de la anterior empresa concesionaria del servicio, limitándose a darles de alta en la seguridad social acogiéndolos a un convenio colectivo diferente (convenio colectivo andaluz de grúas móviles autopropulsadas) y no al convenio colectivo de retirada e inmovilización de vehículos, depósito y gestión de cobros de la grúa municipal de Sevilla (…), con la evidente pérdida de derechos tanto económicos como sociales que todo ello conlleva”.
El comité de empresa avisa además de que “incumplimientos” como este y otros denunciados, serían motivo para “penalizar” a la UTE adjudicataria del servicio, reclamando que el Ayuntamiento rescinda el contrato encargado en su momento.
LOS TÉRMINOS DEL PREACUERDO
El principio de acuerdo alcanzado implica la aplicación del convenio colectivo de empresa del que ya disfrutaba esta plantilla antes de la nueva adjudicación del servicio, pero de manera “transitoria” hasta que pese resolución judicial que resuelva qué convenio corresponde aplicar, si el convenio propio esgrimido por los trabajadores o el de ámbito autonómico que defiende la empresa.
La empresa, según el principio de acuerdo, aplicará esta primera medida en materia de nóminas, incluso de manera retroactiva, con el compromiso de no incorporar a nuevo personal durante este periodo transitorio, a menos que la plantilla actual no pueda afrontar las contingencias del contrato.
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