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Presentan enmienda al Estatuto de la US para eliminar la “restricción” de optar a ser rector

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SEVILLA, 13 (EUROPA PRESS)

El profesor de la Universidad de Sevilla (US) y miembro del Claustro de la institución académica Luis Ángel Hierro ha registrado de manera telemática una enmienda al proyecto de Estatuto para que se “elimine el concepto restrictivo de ‘órgano’ que establece el proyecto y usar el de ‘cargo’, tal y como aparece en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU)” del artículo que fija cuáles son los requisitos que debe cumplir un candidato a rector.

Para Hierro, el proyecto del Estatuto de la US, que será sometido a votación del Claustro antes de final de este año 2024, recoge literalmente que “podrá presentar su candidatura a rector o rectora el personal docente e investigador permanente doctor a tiempo completo que preste servicios en la Universidad de Sevilla y acredite los siguientes méritos: tres sexenios de investigación, tres quinquenios de docencia y cuatro años de experiencia de gestión universitaria en algún órgano unipersonal”.

Para este claustral, tal y como lo señala en el texto de la enmienda consultada por Europa Press, el concepto “órgano” es “restrictivo” y limita el número de candidatos que podrían presentarse a dirigir la Universidad de Sevilla toda vez que el actual rector, Miguel Ángel Castro, termina mandato. Es el caso, por ejemplo, del aspirante a hacerlo, el profesor Manuel Marchena, ex gerente de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla en el mandato de Alfredo Sánchez Monteseirín, entre otros altos cargos municipales.

Luis Ángel Hierro argumenta que el texto debería quedar así: “Podrá presentar su candidatura a rector o rectora el personal docente e investigador permanente doctor a tiempo completo que preste servicios en la Universidad de Sevilla y acredite los siguientes méritos: tres sexenios de investigación, tres quinquenios de docencia y cuatro años de experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal”. Un cambio de término para que el artículo quede “tal y como se recoge en la LOSU”.

La Comisión de Proyectos Normativos de la Universidad de Sevilla (US) ya ha aprobado “con un amplio consenso” –trece votos a favor y tres abstenciones– el proyecto de nuevo Estatuto, en el que, entre otras cuestiones, se recoge que la elección de rector será por sufragio universal ponderado y no por el Claustro, como venía siendo hasta ahora y lo que convertía a la US en la única institución académica de España con este sistema de elección. Este proyecto, que “recoge importantes cambios respecto al anteproyecto”, será sometido a votación en el Claustro “dentro del presente año 2024”.

Así lo ha confirmado el rector de la Hispalense, Miguel Ángel Castro, en una carta remitida a la comunidad universitaria consultada por Europa Press. En ella, Castro informa de que el proyecto de Estatuto está ya en su “fase final, de especial relevancia”, pues serán ahora los claustrales los que podrán hacer enmiendas al documento final que irá al máximo órgano académico.

En la fase de aportaciones al anteproyecto, la Comisión de Proyectos Normativos ha recibido más de 12.900, lo que es calificado por el rector como signo de un “alto nivel de participación, compromiso e interés” por parte de la comunidad universitaria para “contribuir en la elaboración de la norma fundamental de la institución”. Miguel Ángel Castro remarca en su misiva que la Comisión ha buscado el “mayor consenso posible” para “incorporar al texto, de manera equilibrada, las distintas sensibilidades e intereses legítimos que se concitan en la comunidad universitaria”.

Otro de los puntos controvertidos del nuevo Estatuto ha estado en la evaluación continua. En el texto del proyecto del Estatuto se mantiene que el reglamento general de actividades docentes regulará tanto el régimen de docencia como los sistemas de evaluación, aspecto éste último en el que se “favorecerá el desarrollo de sistemas de evaluación continua”. El artículo 69 del proyecto de Estatuto no se modifica, por tanto, con respecto al anteproyecto pese a las críticas de los representantes de los estudiantes, que entienden que “favorecer” es “un término jurídico indeterminado; no implica una obligación ni ninguna garantía de que tengan que realizarla. Es decir, nuestro derecho no está garantizado y existirán unas condiciones para poder no realizarlo”.

Posteriormente, en el artículo 119, el texto señala que los estudiantes tendrán derecho “a optar entre los distintos sistemas de evaluación que en su caso se oferten en una asignatura”, así como tendrá derecho también a “una evaluación y calificación objetivas y conforme a los sistemas y criterios de evaluación y calificación recogidos en la guía docente de las asignaturas, así como a conocer con suficiente detalle las calificaciones de todas sus pruebas de evaluación”.

Los representantes de los estudiantes alegaban recientemente en un comunicado que, en caso de mantenerse la redacción de que la evaluación continua se “favorecerá”, esto provocaría “un mayor riesgo de perder becas y ayudas para el estudio”, además de “aumentar las tasas de matriculación por segundas o sucesivas matrículas”. En relación con la evaluación, el proyecto de Estatuto fija, por último, que las convocatorias ordinarias para superar una asignatura serán “tres a lo largo del curso académico”. Su celebración, así como las condiciones de presentación, “se regulará en el reglamento general de actividades docentes”. Igualmente, especifica que “tendrán derecho a una convocatoria extraordinaria los estudiantes que para la conclusión de sus estudios tengan pendientes de obtener el número de créditos que se establezcan reglamentariamente”.


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