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La Audiencia ha dictaminado juzgar a la esposa del contable del desfalco de Lipasam como responsable civil

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Señala que “el dinero procedente del ilícito penal ha sido gastado por la sociedad de gananciales, uno de cuyos integrantes es” ella

SEVILLA, 30 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Sevilla ha revocado un auto emitido en julio por el Juzgado de Instrucción número 14, sobre la no apertura de juicio oral como partícipe a título lucrativo respecto a la mujer del excontable de la sociedad municipal Limpieza Pública y Protección Ambiental (Lipasam) autor confeso del desfalco de más de un millón de euros en las cuentas de la entidad. Tras admitir un recurso de apelación de la representación de la empresa, el tribunal anula dicha decisión del juzgado y ordena que la citada mujer sea juzgada como responsable civil.

Así figura en un auto emitido el pasado 24 de octubre y recogido por Europa Press, en el que la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla aborda un recurso de la representación de Lipasam, contra la decisión adoptada en julio por el Juzgado de Instrucción número 14, de no abrir juicio contra María del Valle G.V. al no ver “acreditada su participación a título lucrativo” en los hechos cometidos por su esposo.

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Según la instrucción del caso, “desde el año 2008 hasta diciembre de 2019 Manuel Mateo García, aprovechándose de su cargo de jefe de servicio económico y financiero de Lipasam, empresa pública de limpieza de Sevilla, se transfirió a su cuenta bancaria un total de 1.033.805,82 euros procedente de los fondos de la referida empresa pública”.

“APUNTE CONTABLE FALSO”

Para ello, “generaba un apunte contable falso en el sistema (SAP), creando un concepto económico ficticio sin corresponder a factura alguna a favor de un proveedor real dado de alta en el sistema y al emitir la orden de pago al referido proveedor cambiaba puntualmente el número de cuenta que pertenecía al proveedor por el suyo propio, y una vez realizada la transferencia, restauraba en el sistema el número de cuenta bancaria del referido proveedor”.

El acusado ha reconocido los hechos ante la Policía Nacional y también en sede judicial, afrontando un presunto delito continuado de malversación de caudales públicos en concurso medial con un delito de falsedad en documento mercantil.

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En ese marco, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla analiza el recurso de Lipasam contra la decisión del juzgado de no abrir juicio contra la esposa del excontable al no ver acreditada su “participación a título lucrativo” en los hechos, ratificando así su acuerdo previo de 2021 de sobreseer las actuaciones respecto a esta mujer.

COMO RESPONSABLE CIVIL

La Sección Tercera de la Audiencia señala en ese sentido el “escueto fundamento” esgrimido por el juzgado para sobreseer las actuaciones respecto a la esposa del excontable como responsable civil en tanto partícipe a título lucrativo, avisando de que “el sobreseimiento penal de la causa respecto a ella no condiciona el sobreseimiento en cuanto pueda ser declarada responsable civil”.

Analizando el recurso de Lipasam, el tribunal considera que “existen indicios no contradichos de que una parte importante del patrimonio” que el excontable “sustrajo a Lipasam fue incorporado a la sociedad legal de gananciales” del mismo con su esposa, con lo que “es claro” que su esposa, “indiciariamente, se ha beneficiado de los objetos del delito”.

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Y es que según insiste el tribunal, “el dinero procedente del ilícito penal ha sido gastado por la sociedad de gananciales, uno de cuyos integrantes es Valle G.V., y ello comporta un sustrato fáctico suficiente para que deba ser considerada partícipe a título lucrativo”.

Por eso, el tribunal estima así el recurso de Lipasam, revoca la decisión del juzgado y ordena que la esposa del excontable sea “juzgada en su condición de responsable civil”.


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