SEVILLA, 22 (EUROPA PRESS)
El Sindicato Médico de Sevilla ha señalado este martes que una sentencia del Juzgado de lo Social número siete, en respuesta a una demanda tramitada por la asesoría jurídica del sindicato Médico, ha reconocido el derecho de una MIR a disfrutar de una reducción de jornada para cuidado de hijos a pesar de encontrarse en periodo de formación.
La Gerencia de su centro, según el sindicato, le había denegado este derecho alegando que los MIR no pueden ser contratados a tiempo parcial por razones organizativas y de formación, así como que el Manual de Vacaciones, Permisos y Licencias del SAS no hace mención a los MIR cuando delimita las características de este derecho.
El juez, sin embargo, ha considerado que el derecho de la trabajadora a la reducción de jornada por cuidado de hijos, reconocido en el Estatuto de los Trabajadores, prevalece sobre las consideraciones y normas alegadas por el SAS. Asimismo, recuerda el juez que, si la Comisión de Docencia lo considera necesario, es posible prorrogar el contrato como MIR por el tiempo necesario para completar el periodo formativo, lo que hace compatible la reducción de jornada con la obtención de una formación adecuada.
En definitiva, el juez reconoce el derecho de la trabajadora a la reducción de un tercio de la jornada por cuidado de hijo menor de 12 años.
“Sin duda, esta sentencia representa un gran avance en el reconocimiento de los derechos de las médicas. El Sindicato Médico de Sevilla aconseja a todas las compañeras en esta situación que contacten con nuestros delegados para iniciar la oportuna reclamación”, señala el Sindicato Médico.
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