La operación pretendía incrementar en 411 el número de viviendas planeado en 1998 en una zona ahora próxima a una estación de metro
SEVILLA, 22 (EUROPA PRESS)
El Consejo Consultivo de Andalucía ha emitido un dictamen vinculante, en el que informa desfavorablemente respecto a una modificación puntual de planeamiento urbano propuesta por el Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache (Sevilla), gobernado por el socialista Fernando Zamora, considerando que implica una “disminución sustancial” de la proporción entre el uso residencial y las dotaciones públicas, “en beneficio de un incremento del aprovechamiento lucrativo desmesurado”.
En un dictamen emitido el pasado 30 de junio y recogido por Europa Press, el Consejo Consultivo aborda un expediente tramitado por la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio sobre la modificación puntual promovida por el Ayuntamiento de San Juan para sus normas subsidiarias urbanísticas, con relación al sector dos del término municipal, correspondiente a la zona de Vistahermosa, localizada entre la gran superficie de Carrefour, el límite con el término municipal de Tomares y el instituto Severo Ochoa.
Al respecto, el dictamen detalla que la propuesta, una modificación puntual de las normas subsidiarias con ordenación pormenorizada del sector, “no se limita a cambiar moderadamente los parámetros del vigente” planemiento urbano, sino que “conlleva un cambio radical del modelo urbanístico actual existente para la zona afectada”, que dista unos centenares de metros de la parada de metro de San Juan Alto.
EL “ESCASO” SUELO LIBRE EN SAN JUAN
Y es que la propuesta de modificación del planeamiento urbano “sustituye la tipología unifamiliar por plurifamiliar, siguiendo el modelo de ciudad de crecimiento vertical a fin de limitar el consumo de suelo, colmatando el espacio aún libre y dando así mayor aprovechamiento al escaso terreno sin edificar que aún queda en San Juan”, localidad que contabilizaba 22.088 habitantes en la última revisión del padrón municipal.
Más al detalle, el dictamen indica que la operación está destinada a “incrementar el número de viviendas en la segunda fase del sector dos, en 411 más, aumentando desde las actuales 342 a 753”, con lo que “descontadas las 108 ya construidas, las 234 no materializadas aún se elevarían a 645”.
Según profundiza el dictamen, tras la modificación de las normas urbanísticas subsidiarias acometidas por el Ayuntamiento de San Juan allá por 1998, “el número máximo de viviendas para todo el sector dos era, y es en el vigente planeamiento, de 492 viviendas”.
“Si a ello sumamos las 411 con las que se incrementa la propuesta, el resultado conjunto es de 903 viviendas en la totalidad del sector, de las cuales 645 (234 no ejecutadas y 411 incrementadas en la propuesta) todavía no se han construido”, explica el documento, avisando de que “el incremento de aprovechamiento lucrativo paralelo a un ingente aumento de la población del ámbito afectado debe llevar parejo el incremento dotacional”, como estipula la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.
LA PROPORCIÓN ENTRE VIVIENDAS Y DOTACIONES
Así, el Consultivo precisa que la operación requiere “una actuación de dotación en un porcentaje que haga mantener la proporción ya alcanzada en la situación actual del planeamiento”, explicando que “en la vigente ordenación, para 492 viviendas en el sector dos se reservaban 72.902 metros cuadrados de dotaciones públicas” mientras “en la propuesta, las viviendas totales se elevan a 903 y las reservas dotacionales se incrementan a 80.118,85 metros cuadrados”.
“No es necesario hacer ningún esfuerzo interpretativo para apreciar que la ratio vivienda/superficie de dotaciones públicas ha disminuido notablemente”, concluye el Consejo Consultivo, advirtiendo de que la propuesta “conlleva un cambio de modelo de ciudad en la parte que le afecta, y que las viviendas unifamiliares se tornan a plurifamiliares de forma masiva, siendo por ello difícil mantener la ratio preexistente”.
En ese sentido, zanja que “esta dificultad, derivada de un cambio en la concepción urbanística del planificador, no puede alterar de una forma tan radical la proporción entre el uso residencial y las dotaciones públicas ya existentes, obteniendo un efecto final como el que se propone, que no es otro que una disminución sustancial de esa ratio en beneficio de un incremento del aprovechamiento lucrativo desmesurado”.
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