VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN (SEVILLA), 16 (EUROPA PRESS)
El Ayuntamiento de Valencina de la Concepción (Sevilla) ha anunciado este martes la concesión de ayudas de 200 euros para personas con bajo nivel de ingresos y patrimonio que realicen una actividad por cuenta propia o ajena o estén desempleados. Así lo ha informado en una nota de prensa, donde ha explicado que estas ayudas se enmarcan dentro del Real Decreto-Ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se “adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad”.
El Consistorio ha señalado los requisitos para ser beneficiario de estas ayudas. De este modo, ha indicado que serán beneficiarias las personas que, a 27 de junio de 2022, tengan residencia legal y efectiva en España y que la hayan tenido de forma continuada e ininterrumpida durante el año inmediato anterior.
Igualmente, deben realizar y tener dada de alta una actividad por cuenta propia o ajena, o estar inscritas como desempleadas en la oficina de empleo, estén cobrando o no la prestación o subsidio por desempleo; y que las rentas obtenidas en 2021, incluidas las que perciban los convivientes, sean inferiores a 14.000 euros íntegros (es decir, el importe bruto percibido sin descontar gastos ni retenciones) y el patrimonio, descontando la vivienda habitual, no supere los 43.196,40 euros.
Así, la corporación local ha informado de que los ingresos y el patrimonio se determinarán “considerando todas las personas que residan con el beneficiario en un mismo domicilio a fecha 1 de enero de 2022 y estén unidos entre sí como cónyuge o pareja con, al menos, dos años de antelación; por relación de parentesco hasta el tercer grado, así como quienes convivan con cualquiera de los anteriores en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente”.
De este modo, el Ayuntamiento ha explicado que “no tienen derecho a la ayuda quienes, a fecha 27 de junio de 2022 perciban el Ingreso Mínimo Vital o una pensión abonada por el Régimen General o losRegímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como quienes perciban prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativas al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomo”.
En cuanto al plazo de las solicitudes, el Consistorio ha indicado que el plazo para solicitar las ayudas se extiende hasta el 30 de septiembre de 2022, a través del formulario electrónico disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Por último, ha recordado que para presentar la solicitud es necesario disponer de clave o certificado electrónico. También se puede presentar el formulario, en nombre de un tercero, por apoderamiento o colaboración social. En la solicitud se debe consignar el NIF del solicitante y de las personas que convivan en el mismo domicilio y una cuenta bancaria titularidad del solicitante en la que desea que se realice el abono de la ayuda.
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