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SEVILLA, 18 (EUROPA PRESS)
La Audiencia de Sevilla ha condenado a penas de entre un año y medio y dos años de prisión, a cuatro miembros de un grupo dedicado al tráfico de hachís, cocaína y MDMA, que operaba desde viviendas de Castilleja de la Cuesta y Bormujos.
En una sentencia emitida el pasado 14 de noviembre y recogida por Europa Press, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla declara probado, por expreso reconocimiento de los acusados, fruto de un acuerdo de conformidad entre sus defensas y la Fiscalía, que los mismos, “desde fecha indeterminada, pero en todo caso antes de enero de 2016, se han venido dedicando a la adquisición, almacenamiento, venta y distribución de hachís”.
Para ello, según el relato de hechos probados aceptado por los inculpados, uno de ellos “empleaba su domicilio de Castilleja de la Cuesta, así como la vivienda sita en un terreno rústico entre los términos municipales de Mairena del Aljarafe y Bormujos, así como un vehículo Nissan Almera al que para dificultar su identificación, y sin autorización debida, habían superpuesto la matrícula”; y otro coche modelo SEAT Córdoba propiedad del padre del citado primer encartado vecino de Castilleja.
SORPRENDIDOS POR LA POLICÍA
En ese marco, el 15 de diciembre de 2015, este primer encartado y otro miembro del grupo “portaban a bordo del vehículo Seat Córdoba antes citado gran cantidad de sustancia que pretendían distribuir” y “como quiera que, a la altura de la Ronda de la Negrilla, en Sevilla, constataron que estaban siendo seguidos por vehículos policiales, que les habían dado el alto”, el primer acusado, “a los mandos del vehículo, trataba de esquivar la persecución circulando a gran velocidad, obviando las más mínimas normas de circulación, poniendo en peligro al resto de usuarios de la vía, que debían esquivarle para evitar una colisión, hasta que finalmente, colisionó contra un vehículo”.
El otro acusado, según el relato de hechos probados, “aprovechando la confusión que la irregular conducción de su compañero generó, arrojó una bolsa en la que portaban” hasta 80 tabletas de resina de cannabis”, droga que fue intervenida por los agentes.
Tras ello, al día siguiente fue acometido un registro en la vivienda de Castilleja del primer inculpado, en cuya puerta los agentes descubrieron, directamente, “un sobre con dinero en metálico, un total de 1.850 euros, que fue entregado por una vecina”; así como casi 220 gramos de resina de cannabis, una bolsa con 60 gramos de marihuana, una planta de marihuana, varias decenas de comprimidos de medicamentos como OXA y Clenbuterol, “sustancia cuya comercialización no está autorizada en España”, cinco cartuchos de escopeta y 2.740 euros en dinero fraccionado.
ARMA DE FUEGO
En la vivienda de Bormujos del primer encausado, lugar de residencia de otro de los encausados, fue encontrada además una escopeta Beretta de calibre compatible con los cartuchos anteriores, así como 25 nuevos cartuchos, 5,2 gramos de MDMA y 2,6 gramos de cocaína, entre otros efectos.
En el caso del cuarto acusado, según precisa la sentencia, “fue sorprendido en la calle Ortega y Gasset de Sevilla mientras portaba en su vehículo Jeep, con la intención de venderlo y obtener una ganancia con ello, un envoltorio de 39,8 gramos de cocaína” y otra bolsa con casi 22 gramos de MDMA; precisando el fallo que toda la droga incautada habría tenido un valor de 18.969 euros en el mercado ilícito.
Así, y tras reconocer los inculpados estos hechos, el tribunal condena al primer acusado, por un delito contra la salud publica, un delito de tenencia ilícita de armas y un delito contra la seguridad vial, con las atenuantes de dilaciones indebidas, confesión y drogadicción; a dos años de cárcel, así como a una multa de 8.000 euros y diez meses de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.
Otro de los acusados es condenado a un año y medio de cárcel y multa de 8.000 euros, por un delito contra la salud publica con las atenuantes de dilaciones indebidas, confesión y drogadicción y la agravante de la reincidencia; un tercero a dos años de prisión y la misma multa por un delito contra la salud publica y un delito de tenencia ilícita de armas, con las atenuantes de dilaciones indebidas y de confesión; y el cuarto a dos años de prisión y multa de 2.000 euros, por un delito contra la salud publica con las atenuantes de dilaciones indebidas y de confesión.
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