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Condenado por utilizar a una menor para vender hachís a otros adolescentes en Morón

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SEVILLA, 6 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Sevilla ha condenado a un vecino de Morón de la Frontera por un delito contra la salud pública, cometido al usar su vivienda como “punto de venta de drogas” y servirse además de una menor de edad para “transportar la sustancia fuera del inmueble y facilitarla a terceros, principalmente menores de edad” como ella.

En una sentencia emitida el pasado 18 de diciembre y recogida por Europa Press, la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla declara probado, por expreso reconocimiento del acusado fruto de un acuerdo de conformidad entre su defensa y la Fiscalía, que “tras informaciones recibidas por agentes de la Policía Nacional, se tuvo conocimiento de un posible punto de venta de drogas sito” en Morón de la Frontera, domicilio del inculpado.

Durante el mes de noviembre de 2020, según la sentencia, “se realizó un seguimiento a través de distintas vigilancias en la puerta del inmueble, donde los agentes pudieron comprobar cómo las transacciones de sustancias estupefacientes a cambio de dinero eran continuas”.

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LAS VENTAS

Así, el 12 de noviembre de 2020, sobre las 18,32 horas, los agentes observaron cómo una persona “se acercó al domicilio” y una vez interceptado a su salida, se le intervino 1,03 gramos de resina de cannabis; mientras el día 18 de noviembre de 2020 sobre las 19,55 horas, los agentes “observaron cómo un menor de edad accedía al domicilio en compañía de otros menores, algo habitual y constante”.

“Igualmente, los agentes pudieron comprobar cómo el acusado hacía partícipe de la venta de sustancia estupefacientes a una menor de edad, quién se encargaba de transportar la sustancia entre sus ropas fuera del inmueble para facilitarla a terceros, principalmente menores de edad”, señala la sentencia.

Así, el día 13 de octubre de 2020, sobre las 19,00 horas, según el relato de hechos probados, esta menor se acercó a otra chica que contaba sólo con 15 años de edad, “la cual se encontraba en un parque cercano al domicilio del acusado y le ofreció polen (de hachís) cambio de cinco euros, aceptando la menor y comprando finalmente la sustancia, la cual había sido facilitada por el inculpado para su posterior venta”.

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REGISTRO DOMICILIARIO

El posterior registro policial del domicilio del encausado arrojó el hallazgo de “varios efectos relacionados con la venta de sustancias estupefacientes como una báscula de precisión, diversas libretas con anotaciones de nombres, cantidades y precios, y papel film transparente, así como diversas tiras de lo que resultó ser resina de cannabis, con un peso neto de 489 gramos”; así como otras porciones que sumaban casi 286 gramos más de resina de cannabis.

La sentencia también declara que “el acusado actuó imputado por su grave adicción de larga evolución a alcohol, cocaína y cannabis para procurarse un beneficio económico y así mantener el consumo” y que “ha colaborado con la justicia de forma útil para esclarecer los hechos, reconociéndolos”.

Por eso, el tribunal le condena a un año y medio de cárcel por un delito contra la salud pública con las atenuantes de drogadicción y confesión; pena suspendida a condición de que no delinca de nuevo durante dos años; imponiéndole además una multa de 5.693,72 euros.

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