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Condenado en Sevilla a 12 años y medio de cárcel por asesinar a puñaladas al padrastro de su pareja

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SEVILLA, 26 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Sevilla ha condenado a 12 años y medio de cárcel a Francisco G.M., el varón de 32 años de edad juzgado el pasado mes de junio por un jurado popular, acusado de asesinar de dos puñaladas en septiembre de 2022 al padrastro de su pareja sentimental en el Polígono Sur de la capital hispalense, hechos admitidos por el inculpado.

Ello, después de a la finalización del juicio, la Fiscalía rebajase de 20 años a precisamente 12 años y medio su petición de condena, al admitir la atenuante de drogadicción y que al momento de los hechos, el inculpado estaba bajo los efectos de sustancias que limitaban sus facultades, extremos ellos alegados por el encausado, que en el juicio reconoció los hechos, mostrando su arrepentimiento y pidiendo perdón a los familiares de la víctima.

En la sentencia, difundida por la Oficina de Comunicación del TSJA, la Audiencia condena al acusado a 12 años y seis meses de prisión por un delito de asesinato con la atenuante muy cualificada de drogadicción, así como a que, en concepto de responsabilidad civil, indemnice con un total de 240.000 euros a la familia del fallecido.

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Tal y como recoge la sentencia, el jurado popular consideró probado que los hechos se produjeron sobre las 18,00 horas del 5 de septiembre de 2022, cuando el encausado agredió a su pareja sentimental en el domicilio que ambos compartían (hechos que son objeto de otro procedimiento ante los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Sevilla), lo que motivó que ésta se marchase a casa de su madre, quien convivía con el fallecido, que era su pareja y que, sin ser su progenitor, mantenía “una relación análoga de afectividad” con la agredida.

A GRITOS EN LA CALLE

Sobre las 20,00 horas de ese mismo día, y como quiera que el acusado “imaginaba” que su pareja se encontraba en casa de su madre, “se presentó allí y desde la calle le gritaba para que bajase a hablar con él”, momento en el que la víctima, “desde la ventana de su domicilio, le espetó para que dejase de gritar y abandonara el lugar, iniciándose una discusión entre ambos”.

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En el marco de esta discusión, el acusado, “determinado” a que su pareja bajase “y con intención de causar un menoscabo patrimonial” al finado, se dirigió a su vehículo, que estaba aparcado en la puerta, y le pinchó las ruedas, comenzando a fracturar los cristales y causando daños tasados pericialmente en 455 euros.

A la vista de aquello, y según la sentencia, la víctima bajó a la calle y se encaró con el acusado, quien, “de forma sorpresiva”, sacó un cuchillo de grandes dimensiones que portaba escondido e hizo ademán de clavárselo, por lo que el fallecido intentó huir, lo que no logró ya que fue alcanzado por el investigado, quien, “con la evidente intención de causarle la muerte, asegurando su ejecución sin ningún tipo de defensa por parte” de la víctima, le asestó dos puñaladas por detrás, una en el costado y otra en la espalda.

HEMORRAGIA INTERNA SEVERA

Seguidamente, el agredido fue trasladado a un centro hospitalario, donde falleció por las heridas sufridas, en concreto por un shock hipovolémico como consecuencia de una hemorragia interna severa causada por heridas con arma blanca que afectaron a órganos vitales, no presentando lesiones de defensa en los brazos o en las manos, subrayando la sentencia que “no tuvo oportunidad de defenderse, pues las puñaladas que recibió le alcanzaron cuando él estaba de espaldas” al condenado.

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De su lado, el acusado intentó huir, siendo detenido en días posteriores. La sentencia considera probado además que el condenado era consumidor habitual de diferentes sustancias tóxicas, un consumo que le hacía padecer trastornos mentales y de personalidad, de forma que en el momento de los hechos estaba bajo el influjo de dichas sustancias y ello “limitaba, sin suprimir, sus facultades intelectivas y volitivas”.


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