
MÁLAGA, 21 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de seis años y nueve meses de prisión impuesta por la Audiencia de Málaga a un hombre por agredir sexualmente a una menor, entonces con 13 años, hija de un amigo en momentos en los que se reunían ambas familias.
Según se declaró probado en la sentencia de la Audiencia malagueña, que ahora ha sido ratificada, el acusado tenía entre su círculo de amigos desde hacía unos 23 años al padre de la víctima y por esa amistad celebraban encuentros y reuniones junto con sus respectivas familias.
En fecha no determinada de 2016, la niña se quedó a dormir en la casa del procesado que tenía tres hijas de edades cercanas, y, estando todas acostadas en una habitación, el hombre entró y salió reiteradamente, hasta que en un momento dado se acercó a la menor y le realizó actos de índole sexual, señaló la resolución.
Ese mismo año, en otra reunión, cuando la menor se dirigía desde la hamaca a la piscina climatizada, el procesado “la cogió fuertemente por detrás, la apartó hacia un muro y agarrándola de forma que no podía zafarse y sin que le llegaran los pies al suelo” y le realizó tocamientos. Paró cuando se acercó una de sus hijas.
El acusado ha sido condenado en dos ocasiones por delitos contra la libertad sexual en 2021 y en 2023 y, según la sentencia, las menores víctimas de ambos delitos pertenecían al mismo círculo de amigos sin que tuvieran conocimiento de lo que las otras hubieran podido sufrir, hasta que contó lo que le había sucedido y denunció.
La víctima sufrió sintomatología postraumática derivada de los hechos acaecidos, así como problemas para afrontar con normalidad las relaciones sexuales de pareja, mostrando también hipervigilancia en la relación entre adultos y menores, rabia, impotencia y malestar, que al menos se han mantenido hasta 2021.
Por estos hechos se condenó al acusado por un delito de abuso y otro de agresión sexual a la pena total de seis años y nueve meses de prisión, además de la prohibición de aproximarse a la víctima y comunicar con ella durante 12 años.
Además, se le impuso una medida de libertad vigilada, a cumplir una vez finalizada la pena de prisión, de siete años. También se acordó el pago como responsabilidad civil de una indemnización de 12.000 euros por los daños morales padecidos.
Contra esta sentencia, la defensa presentó un recurso, que ahora ha sido desestimado por el TSJA, que confirma la pena y señala que la resolución de la Audiencia destaca que la denunciante “ha ofrecido el mismo relato desde el inicio de las actuaciones, sin incurrir en divergencias ni contradicciones”.
Además, hay un informe pericial psicológico emitido y ratificado en el plenario por especialistas, “en el que se cataloga de creíble el testimonio ofrecido por la menor” y que recoge la sintomatología que presentaba, todos “signos compatibles con la existencia de las agresiones sexuales denunciadas”.
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