MÁLAGA, 25 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena impuesta por la Audiencia de Málaga a tres hombres por colocar dos explosivos en la vivienda de otro y en su negocio en las localidades malagueñas de Benahavís y Marbella tras recibir el encargo por no pagar un dinero que debía.
Según se declaró probado por la Sección Novena de Málaga, y ahora ha confirmado el TSJA, personas no identificadas escribieron un cartel cerca de la casa de la víctima para “atemorizarle” y que pagase un dinero, tras lo que encomendaron a los acusados –uno de ellos juzgado por el asesinato de dos hombres en la Costa del Sol– “el encargo de atentar contra la vida y bienes” de aquel.
Así, los procesados, sigue la resolución, elaboraron “un minucioso plan con un sincronizado reparto de funciones entre ellos”, de forma que dos de ellos arrendaron una vivienda en Marbella y una vez identificada la víctima los tres realizaron vigilancias y seguimientos para conocer las rutinas de él y de su familia, la mujer y dos hijos pequeños, y, así, garantizar el éxito de su cometido.
Asimismo, decidieron emplear artefactos explosivos en el ataque, por lo que se aprovisionaron de los elementos necesarios para prepararlos, entre ellos, varios kilogramos de sustancia. Además, para evitar que pudiesen relacionarse las detonaciones con el vehículo que utilizaban y con el domicilio, acordaron usar un coche robado que estaba en una casa que otras personas habían alquilado.
El día en que terminaba el plazo dado a la víctima para pagar el dinero, en octubre de 2018, los acusados realizaron varios movimientos, “siguiendo el plan diseñado”, de forma que uno de ellos fue a la residencia de la víctima, vestido con ropa deportiva de color negro, la cara tapada con una capucha y pañuelo sobre la cara para colocar los explosivos.
Sabía, se declaró probado, que el hombre y su familia estaban en el interior de la vivienda y, “asumiendo como probable que la explosión de la bomba podría acabar con sus vidas de forma sorpresiva y sin posibilidad alguna de defensa”, extrajo del maletero el artefacto explosivo que contenía entre diez y 15 kilos de sustancia explosiva de base cloratada y lo colocó en la puerta.
Prendió fuego a la mecha, tras lo que se dio a la fuga antes de que estallase el artefacto. El dispositivo explosionó y causó la muerte de los tres perros de la familia y enormes destrozos en la vivienda, aunque no alcanzó directamente a sus moradores porque acababan de subir a la planta superior. También produjo daños en propiedades anejas.
Luego, fue a un negocio que tenía la víctima en un polígono de Marbella, donde dejó otro explosivo, dándose a la fuga antes de la “violenta explosión” provocada, que incendió la nave y causó enormes desperfectos en la misma y en las naves y vehículos aledaños. Se reunió con los otros dos y quemaron el vehículo con el que había ido a ambos lugares.
El Grupo de Crimen Organizado de la Comisaría de Málaga estaba investigando a los procesados por su presunta relación con un entramado formado por ciudadanos de nacionalidad sueca en su mayoría, procedentes de Malmö, por su supuesta implicación en el asesinato de dos hombres, en mayo y agosto de ese año –por lo que ha sido juzgado uno de los aquí acusados–.
Por estos hechos se les condenó, y ahora se ha confirmado, a cada uno a 35 años de cárcel por cuatro delitos de asesinato intentados, agravados por la alevosía, por otro de pertenencia a grupo criminal, tenencia de explosivos, delito de daños continuados, falsedad en documento oficial y dos delitos de maltrato animal; con la agravante de disfraz.
La sentencia de Málaga señalaba que una vez la condena fuera firme los acusados serían entregados a Suecia para el cumplimiento de las penas de prisión impuestas. Asimismo, se les prohibió acercarse a menos de 500 metros o comunicarse por cualquier medio con la víctima y su familia por un plazo de diez años y se fijó la indemnización en 150.000 euros por daños morales para los cuatro perjudicados y en otras cantidades para todos los perjudicados por los daños materiales.
El TSJA rechaza los recursos de las defensas que cuestionaban las investigaciones realizadas en este caso, mediante imágenes de cámaras de seguridad, intervenciones telefónicas y la colocación de dispositivos geolocalizadores en los vehículos utilizados, entre otros medios de pruebas practicados.
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