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En 2023 se intervienen más de 5,300 artículos por infringir la Ley de Propiedad Intelectual

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MÁLAGA, 24 (EUROPA PRESS)

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE) decomisaron en 2023 en Málaga más de 5.380 artículos que vulneraban los derechos de propiedad intelectual, cifra que en toda Andalucía se eleva a 83.500 productos y en España a 224.000.

La mayor parte de las incautaciones policiales se llevaron a cabo en domicilios, en concreto, 4.069 de los objetos recuperados, lo que supone un 75,57% del total. Mientras que 1.314 fueron intervenidos en la vía pública, han precisado desde la Subdelegación del Gobierno en Málaga en un comunicado.

Por otro lado, la mayor parte de los objetos están relacionados con software, informática y electrónica (3.033), lo que representa un 53,36% del total. Solo estos suponen una valoración de 1.615.569,06 euros, según la Asociación para la Defensa de la Marca (Andema).

La cifra de artículos intervenidos durante 2023 en Málaga constituye el 6,44% de los objetos recuperados en Andalucía en el mismo periodo de tiempo, si bien las FCSE realizaron en la provincia malagueña el 39,13% de las actuaciones –nueve de las 23 registradas en la Comunidad autónoma–.

Estos datos están recogidos en la estadística correspondiente a 2023 de la lucha contra la vulneración de los derechos de propiedad intelectual, datos que publican el Ministerio del Interior y el Ministerio de Cultura, en colaboración con Andema, asociación adscrita al Consejo Superior de Cámaras de Comercio, y recogidos en el Portal Estadístico de Criminalidad, en su apartado Datos/Propiedad Intelectual.

Los datos recogen el total de las intervenciones policiales realizadas por Policía Nacional y Guardia Civil, así como por los cuerpos de policía local que facilitan datos al Sistema Estadístico de Criminalidad (SEC). El compendio estadístico completo está disponible a través del Portal Estadístico de Criminalidad y de la página web del Ministerio de Cultura.

La vulneración de derechos de propiedad intelectual, tanto en el ámbito físico como a través de Internet, puede constituir un ilícito civil ante el que cabe la interposición de la correspondiente demanda con el fin de indemnizar el daño causado y, en los supuestos más graves, un ilícito de naturaleza penal recogido en los artículos 270, 271 y 272 del Código Penal.


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