MÁLAGA, 25 (EUROPA PRESS)
El Ayuntamiento de Málaga, a través del Área de Sostenibilidad Medioambiental, ha repetido el trámite de audiencia pública del anteproyecto de la nueva Ordenanza Municipal Reguladora de Infraestructuras Verdes y Arbolado Urbano de la ciudad.
Según han recordado en un comunicado, el Consistorio ya sometió el nuevo texto a audiencia pública entre el 19 de abril y el 7 de mayo a través del Portal de Participación Ciudadana (https://portalparticipacion.malaga.eu).
Durante el periodo de exposición pública, se recibieron un gran número de aportaciones de las distintas áreas municipales implicadas en el desarrollo de la normal. Es por ello que Sostenibilidad Medioambiental ha vuelto a publicar este jueves en el portal de participación municipal, el borrador de texto de la normativa, donde permanecerá durante un plazo de diez días hábiles (hasta el 7 de agosto), al objeto de que la ciudadanía realice nuevas aportaciones.
Con esta nueva norma, que vendrá a actualizar la de Promoción y Conservación de Zonas Verdes vigente desde 1994, se pretende dotar a la ciudad de un marco regulatorio actualizado a nivel local en lo relativo a las zonas verdes, espacios forestales, parques infantiles y equipos de entrenamiento físico en el exterior que permita afrontar la gestión ordenada de los mismos, su conservación y mantenimiento, y también el uso y disfrute de los mismos por la ciudadanía.
Tras este nuevo trámite de audiencia, será la junta de gobierno local la que deberá aprobar el proyecto de ordenanza, como paso previo a la aprobación inicial por parte del Pleno de la Corporación. A partir de ese momento, la ordenanza será sometida a un periodo de exposición pública para que se puedan presentar alegaciones, han señalado desde el Ayuntamiento.
Tras la resolución de las que pudieran recibirse, se procedería a la aprobación definitiva y a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) para su entrada en vigor.
Desde el Ayuntamiento han recordado que el texto parte de la premisa de que “la finalidad de las zonas verdes públicas y del mobiliario urbano instalado en ellas es la de servir para el uso y disfrute de la ciudadanía”. De esta forma, regulará tanto la promoción como la conservación de estos espacios de una forma más concreta y precisa.
Además, quedará adaptada a la normativa de rango superior vigente tanto a nivel estatal (Ley de Cambio Climático y Transición Energética) como autonómico (Ley de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía; Ley de gestión integrada de la calidad ambiental de Andalucía; y Ley de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía).
Las premisas son potenciar el verde urbano como nexo entre la ciudadanía y las políticas de salud, mejorar la biodiversidad urbana, optimizar el uso de los recursos hídricos incorporando especies eficaces en el uso sostenible del agua y reduciendo la superficie que requiere un mayor gasto.
Otro de los objetivos de la nueva ordenanza es proteger el árbol como elemento vertebrador de la infraestructura verde urbana y como factor esencial en la lucha contra el cambio climático y la contaminación acústica.
En este sentido, en el articulado se establece que la creación, el diseño y la ejecución de nuevas zonas verdes deberá realizarse con criterios modernos que se adapten a las nuevas tendencias tales como las Soluciones basadas en la Naturaleza (SbN) y la elección de especies con bajos requerimientos de riego para optimizar los recursos hídricos.
Igualmente, se detallan las condiciones de mantenimiento, cuidado y uso de las zonas verdes tanto por parte de la ciudadanía como de las entidades urbanísticas colaboradoras de conservación.
Además, el anteproyecto dedica un título específico al arbolado en consonancia con el Plan Director del Arbolado de la Ciudad de Málaga, en el que se exponen distintos protocolos tales como los de plantación, poda, selección de nuevas especies, gestión del riesgo, criterios de sanidad vegetal o protección frente a obras.
Asimismo, el nuevo texto regula los usos y condiciones de desarrollo de las zonas de interés forestal y de los parques periurbanos, además de la creación, dotación y condiciones de uso de los parques infantiles y equipos fijos de entrenamiento físico en el exterior.
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