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El Ayuntamiento de Málaga comienza el proceso para impedir que las empresas de VMP y bicicletas estacionen en la calle

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MÁLAGA, 15 (EUROPA PRESS)

El Ayuntamiento de Málaga, a través del Área de Movilidad, inicia este miércoles el procedimiento para prohibir estacionar en la ciudad a las siete empresas de vehículos de movilidad personal (VMP) y de bicicletas de pedaleo asistido en régimen de alquiler compartido que operan.

En un comunicado han informado de que se trata “de la pérdida de eficacia sobrevenida de las autorizaciones a siete empresas explotadoras de vehículos de movilidad personal y bicicletas de pedaleo asistido para su estacionamiento en el espacio de dominio público”, otorgadas por el Área de Movilidad, de forma transitoria, en diciembre de 2022. Las empresas autorizadas son Dott, Bolt, Lime, VOI, Link, Tier y Bird.

Han recordado que estas autorizaciones, además de ceñirse a un número determinado de VMP y bicicletas de pedaleo asistido (192 VMP a cada una de las empresas y 300 bicicletas a Dott, 325 a Bolt y 75 a VOI), también establecían que podrían ser revocadas o modificadas en cualquier momento, por razones de interés público, sin que el titular de la autorización tuviera derecho a indemnización o compensación alguna.

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De igual forma, también hacían alusión a que se autorizaba, expresamente, a los vehículos especificados e identificados en la resolución emitida a cada empresa, y éstas asumían la responsabilidad del mal estacionamiento de los VMP y de las bicicletas, tanto si la realizaba la propia empresa, como si la realizaban los usuarios del servicio.

“Tras detectar determinados incumplimientos por parte de las empresas autorizadas, el Área de Movilidad inició, de oficio, un procedimiento de comprobación del grado de cumplimiento de las obligaciones y condiciones a las que están sometidas, expresamente, cada una de ellas”, han asegurado desde el Consistorio.

Del procedimiento de comprobación, llevado a cabo por la Policía Local, se ha determinado que seis de las siete empresas autorizadas, no cumplen el condicionante establecido en cuanto a operar con los vehículos expresamente autorizados por el Área de Movilidad en las resoluciones de diciembre de 2022.

Por su parte, en el caso de la séptima empresa, el motivo para revocar la autorización reside en no haber llegado nunca a poner en servicio los vehículos.

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Una vez notificados los titulares de las autorizaciones, estos dispondrán de un plazo de audiencia de diez días hábiles, en el que podrán alegar lo que consideren oportuno en defensa de su interés. Cabe recordar que contra el acuerdo no cabe recurso en vía administrativa.


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