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JAÉN, 13 (EUROPA PRESS)
La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha condenado a 15 años de prisión a un joven, de 22 años, por violar a una mujer en un aparcamiento público de la capital jiennense a la que asaltó por la espalda en el momento en el que se dirigía a pagar en el cajero automático para retirar su vehículo. Todo lo ocurrido quedó grabado en las cámaras de seguridad del parking.
Además de la pena de prisión, la sentencia, a la que ha accedido Europa Press a través del Tribunal Superior de Justicia (TSJA), impone diez años por encima del cumplimiento de la pena de cárcel de prohibición de comunicarse o acercarse a la víctima, y diez años de libertad vigilada en la que deberá someterse a programas de educación sexual.
En concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar a la víctima en 60.000 euros por los daños morales y lesiones causadas. También tendrá que hacer frente al pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.
El tribunal absuelve al acusado del delito leve de lesiones del que también le había acusado el Ministerio Fiscal por entender que el resultado lesivo que sufrió la víctima “deben quedar comprendidas o integradas en el referido delito de agresión sexual” por el que ha sido condenado.
Los hechos probados y sentenciados se remontan a las 00,45 horas del 7 de julio de 2022, cuando el acusado, “con ánimo libidinoso”, se introdujo desnudo en el parking público La Victoria y aprovechando que la víctima estaba pagando en el cajero, “la llamó por la espalda, la golpeó fuertemente en el rostro y cuerpo varias veces hasta dejarla indefensa, la arrinconó, la tiró al suelo” y la violó.
Además, tal y como se recoge en los hechos probados, en varias ocasiones el ya condenado llegó a “apretarle fuertemente por el cuello hasta dejarla inconsciente en varios intervalos de tiempo para aumentar su indefensión”.
Durante le juicio celebrado el pasado mes de enero, el acusado se limitó a negar los hechos y a manifestar que no se acuerda si estaba desnudo y que ignoraba el motivo por el que fue detenido.
Además del testimonio de la víctima, la sentencia recoge la declaración de dos testigos que entraron en el aparcamiento. Uno de ellos vio cómo le propinaba puñetazos a la chica antes de salir huyendo desnudo gritando “ella quería”. El segundo de los testigos fue capaz de alcanzarlo y retenerlo hasta que llegó la policía.
En el lugar de los hechos, además de la ropa interior de la víctima, se localizó ropa del acusado y una de las rastas del acusado. Las declaraciones de la víctima, de los testigos y la grabación de las cámaras llevan al tribunal a determinar que “la solidez” de las pruebas conducen a estimar como probados los hechos denunciados y a dictar una sentencia condenatoria.
La sentencia rechaza también que el acusado cometiera los hechos como consecuencia de su adicción a las drogas y al alcohol. Se basa para ello en que el policía que practicó la detención dijo que “el procesado no tenía síntomas de drogas o de alcohol”. A ello le suma el informe de uno de los peritos que estableció que el procesado “no presentaba trastorno alguno ni patologías”.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante el TSJA.
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