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El juicio que el TSJA ordenó repetir por la muerte de un temporero en Frailes ha sido suspendido

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JAÉN, 13 (EUROPA PRESS)

La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha suspendido el juicio con jurado previsto para el próximo lunes, 16 de octubre, por la muerte de un temporero en Frailes.

Fue una de las defensas la que solicitó la semana pasada la suspensión del juicio con el objetivo de que las actuaciones regresen al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Alcalá la Real para que puedan practicarse nuevas pruebas.

A esta petición se ha sumado tanto otra defensa como el Ministerio Fiscal y ha sido estimada íntegramente por el tribunal, según han informado a Europa Press fuentes judiciales.

Fue en noviembre de 2022 cuando el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) sentenció la repetición del juicio con jurado a los dos hombres de nacionalidad rumana que en abril de 2022 fueron condenados a 14 años de prisión por la Audiencia Provincial de Jaén por matar a golpes a un compañero compatriota en Frailes en enero de 2020.

El nuevo juicio se fijó para el 16 de octubre una vez que se había localizado en un pueblo de Rumanía al testigo principal de este caso y al que se le atribuye una carta en la que reconocía la autoría del crimen y exculpaba a los dos acusados.

La decisión del TSJA de ordenar la repetición del juicio con jurado se produjo al estimar el recurso de apelación planteado por las defensas, de modo que decreta la nulidad de la sentencia dictada por la Sección Tercera así como del veredicto de culpabilidad emitido por el jurado.

En aquel momento, el TSJA estableció la devolución de las actuaciones a la Audiencia para celebrar un nuevo juicio oral, retrotrayéndose las actuaciones al momento en que la defensa de uno de los acusados “solicitó la suspensión del juicio oral a fin de que se realicen las indagaciones necesarias para la averiguación del domicilio real y efectivo” del testigo y su posterior citación.

Esta persona, que ahora ya ha sido localizada con una requisitoria, escribió una carta en la que reconocía su culpabilidad. Ahora, fuentes judiciales han indicado a Europa Press que esta persona está localizada e incluso, de cara al nuevo juicio ahora suspendido, estaba citada a declarar en calidad de testigo por viodeconferencia desde Rumanía.

La suspensión del juicio se ha notificado este mismo viernes después de que una de las defensas haya pedido que las actuaciones se retrotraigan a la fase de instrucción para que el juzgado instructor pueda ordenar la práctica de nuevas pruebas. Entre las pruebas que se han solicitado está la petición de un cuerpo de escritura sobre la firma del escrito para comprobar la autoría y volver a llamar a declarar al testigo en cuestión, aunque está vez ya sería como investigado.

Este testigo en cuestión es el mismo que inculpó a ambos acusados de la muerte de la víctima y su declaración, tal y como señaló el TSJA, “constituía la única prueba directa y principal prueba de cargo”. Sin embargo, con fecha 9 marzo de 2022, es decir, cinco días antes del inicio del juicio oral, una de las defensas presentó un escrito dirigido a la Audiencia en el que el testigo afirmaba que los acusados son inocentes. Por ello, solicitó la suspensión del juicio, pero en aquel momento fue denegada.

Sin poder valorar la autenticidad de ese documento, el TSJA ya entendió en su momento que se trataba de un documento novedoso que, sin perjuicio de cuál fuera la fuerza intrínseca de convicción que pudiera suministrar, “permite a las defensas proponer una duda razonable sobre la inicial declaración del testigo y habría aconsejado una mayor averiguación para su posible valoración ulterior”.

El TSJA aludió, además, al interés legítimo de las defensas de la declaración presencial del testigo para poder “interrogarle sobre las razones por las que inicialmente inculpó a los acusados y si mantiene o no lo declarado. En este caso, es “particularmente intenso”, por cuanto su declaración testifical en el Juzgado de Instrucción “ha sido sin duda alguna la principal prueba de cargo que ha conducido a la condena”.

Para el TSJA la imposibilidad en su momento de interrogar a este testigo en el primer en juicio limitó “decisivamente las posibilidades de defensa de los acusados, sin que en absoluto pueda descartarse que ello no haya tenido influencia en el fallo condenatorio”.

Igualmente, tuvo en cuenta otro aspecto aludido en el recurso de una defensa: “que el juicio se celebró sin esperar el resultado de otra importantísima prueba acordada en fase de instrucción”: el informe de ADN y de análisis de restos de sangre en prendas de ropa de los acusados, y con el que ahora sí se cuenta.

DECLARACIÓN

Cabe recordar que durante el juicio oral, los dos acusados defendieron su inocencia. Coincidido en señalar que cuando ocurrieron los hechos habían ingerido una gran cantidad de alcohol tanto ellos como la víctima.

Declararon que fueron a la vivienda del fallecido junto con el hermanastro de uno de ellos y que siguieron bebiendo vino. En un momento dado, según sus declaraciones, la víctima subió a la planta de arriba a por tabaco y cuando bajó, lo hizo con un cuchillo jamonero en la mano.

Según el acusado más joven, la víctima le puso el cuchillo en el cuello mientras que le decía que le iba a matar. Por eso, le hizo “una llave”, le propinó un único puñetazo en el hombre y el cuchillo cayó al suelo. Después de esto, tanto él como el otro acusado abandonaron la vivienda, dejando a la víctima en compañía del hermanastro del acusado más joven y que ahora finalmente ha sido citado a declarar en calidad de testigo.

Se da la circunstancia de que los dos acusados cumplirán en enero los cuatro años que como máximo pueden estar por ley en prisión preventiva. De llegar enero de 2024 sin tener el caso juzgado y sentenciado, los dos acusados, de 22 y 42 años, tendrían que quedar en libertad.


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