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Transportes somete a información el proyecto de obras complementarias en la variante Beas-Trigueros de la N-435

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HUELVA, 1 (EUROPA PRESS)

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental, ha sometido a información pública la aprobación provisional del Proyecto de oObras Complementarias de la variante de Beas-Trigueros de la N-435, que se efectuará con una inversión de 2,9 millones de euros (sin IVA).

Según la memoria del proyecto publicado en la web del ministerio, consultado por Europa Press, los interesados tienen 30 días para presentar las alegaciones oportunas, desde el 30 de mayo, fecha en la que se publicó el anuncio en el BOE.

Así, tal y como se recoge en el proyecto, el objetivo de estas obras complementarias es el acondicionamiento de la vía verde ‘Camino natural de los molinos del agua, que discurre entre San Juan del Puerto (A-49) y Trigueros (inicio del tramo urbano), con una longitud de 6,6 km, y entre Trigueros (final del tramo urbano) y el Paraje La Bomba en una longitud de 7,3 kilómetros.

La vía verde discurre sobre una antigua vía de ferrocarril que unía las minas del Buitrón, en el término municipal de Zalamea la Real, con el embarcadero del Río Tinto en San Juan del Puerto. En el año 1967 se cerró definitivamente esta vía, que ahora es un camino de tierra en casi toda su longitud con algunos tramos heterogéneos en los que se ha dispuesto un refuerzo parcial de firme.

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De este modo, el proyecto desglosa una serie de acciones a desarrollar en el tramo señalado, como restablecer el firme para “conseguir unas condiciones adecuadas de circulación tanto para el tráfico peatonal como para el de los ciclistas”, para ello, se propone un nuevo firme.

Por otro lado, también se propone el desbroce de la vegetación que invade la vía, establecer y mantener zonas de reforestación con especies autóctonas o alóctonas de fácil adaptación a lo largo de la vía verde los Molinos de Agua y en las áreas de descanso existentes. Dichas especies serán arbóreas, arbustivas o herbáceas. Además de proceder a la limpieza y acondicionamiento del drenaje longitudinal y transversal, áreas de esparcimiento y flora existente a lo largo de la traza de la vía verde.

Asimismo, se proyecta reponer a lo largo de la vía los pivotes, vallas de madera donde esta ha desaparecido o se encuentra deteriorada, colocación de señalización, rehabilitación de las áreas de descanso, etc.

Por otra parte, durante las obras de ejecución de la carretera N-435 varias parcelas situadas en la margen derecha “resultaron afectadas y privadas de acceso”, por ello, en el presente proyecto se contempla la ejecución de un camino paralelo a la traza de la carretera por la margen derecha de longitud aproximada 900 metros y tres metros de ancho entre los pp.kk 220+600 y 221+500. Dicho camino conectará con la glorieta de nueva ejecución en el p.k 221+500 de la traza de la carretera N-435 garantizando “la conectividad con la red de infraestructuras”

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Por otro lado, el proyecto contempla, además, la implantación de una intersección con tipología de glorieta en el punto kilométrico 221+500 de la carretera N-435, que “permitirá la regulación de los movimientos que en la actualidad se realizan mediante una intersección con tipología en ‘T'” y “facilitará la conexión de la red de caminos paralelos a la carretera N-435 que es necesario reponer para garantizar el acceso a las parcelas afectadas por las obras de la variante de la N-435”.

Al respecto, se proyecta la adaptación del tronco de la carretera N-435 para garantizar su compatibilidad y el correcto funcionamiento de la nueva glorieta proyectada sobre esta y la conexión y reposición de la red de caminos existentes en la margen izquierda de la N-435 con la nueva glorieta.

La ejecución del mencionado camino de servicio y de la glorieta anteriormente mencionada, “obliga a la expropiación de los terrenos necesarios”, por lo que se hace necesario la realización de una información pública a efectos de los artículos 17, 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa y a los efectos de los artículos 8, 12 y 16 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, y concordantes de su Reglamento.

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