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Tribunales.- Ratificada la condena por malversación al exalcalde de Zújar y absuelta su teniente de alcalde

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GRANADA, 14 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena por un delito de prevaricación en concurso con otro de malversación a una pena de un año y medio de prisión al exalcalde de Zújar, Juan José Pérez (PSOE), por el encargo de una pericial sobre unos mensajes publicados en una red social sobre la que fuera su primera teniente de alcalde, Rosario Moreno (PP), que queda absuelta pese a haber sido condenada inicialmente por la Audiencia Provincial de Granada por estos hechos.

La sentencia del TSJA, de fecha de 9 de enero de 2025, y contra la que cabe recurso ante el Supremo, desestima el recurso de Pérez, que alegaba error en la valoración de la prueba, si bien la Sala de lo Civil y Penal del Alto Tribunal andaluz apunta a una actuación conforme a “intereses distintos y ajenos a los fines públicos” en el encargo de la pericial.

Ello lleva al TSJA en esta sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, a confirmar la comisión del ilícito de prevaricación en el caso de Pérez –que ha de hacer frente al pago de multa de 1.260 euros de multa y ha quedado inhabilitado para cargo o empleo público por tres años–, lo que “lleva necesariamente a apreciar” la malversación de caudales públicos.

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Por otra parte, estima el recurso de Moreno, al descartar “inducción” para delinquir ni “cooperación necesaria” en tanto “no coadyuvó a la producción del delito con acto alguno determinante y esencial para el mismo ni para su resultado”.

Su defensa indicaba que la sentencia vulneraba sus derechos a la tutela judicial efectiva, a “un proceso con todas las garantías y a la presunción de inocencia”, incurriendo “en error en la valoración de la prueba con infracción del principio ‘in dubio pro reo”.

Los hechos se remontan al 2 de agosto de 2018, según detallaba la sentencia de la Audiencia Provincial de Granada en sus hechos probados, cuando se encargaba esta pericial sobre los mensajes publicados acerca de la exedil, acordándose para ello tres meses después un pago por un importe de 3.410 euros.

De este contrato menor se derivaron unos informes periciales, de los que no se “dejó constancia de su existencia y recepción en el Ayuntamiento”, y que sirvieron de base para la interposición de una querella por la presunta comisión de un delito de calumnia, apuntaba la sentencia de la Audiencia.

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La Fiscalía pedía un año y medio de prisión y 14 años y medio de inhabilitación para ambos por presuntos delitos de malversación de caudales públicos y prevaricación en la contratación con fondos públicos. Ambos defendieron en la Audiencia la legalidad de su actuación en este asunto durante el juicio que se celebró contra ellos en la Sección Primera a principios de diciembre de 2023.


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