GRANADA, 26 (EUROPA PRESS)
La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado este miércoles que se confirmen las penas de inhabilitación impuestas por la Audiencia Provincial de Granada a los tres condenados en el caso Serrallo, en el que se investigó la supuesta construcción irregular de una discoteca, con sala de fiestas y pista de patinaje con bar en una zona verde donde solo se podía crear un parque de atracciones infantil, según han detallado a Europa Press fuentes del caso.
Este caso sentó en el banquillo de los acusados a 17 investigados, entre ellos el que fuera alcalde de Granada en el momento de los hechos, José Torres Hurtado (PP), que salió absuelto de todos los cargos. Del resto, solo fueron condenados por un delito de prevaricación administrativa la exconcejal de Urbanismo Isabel Nieto, un alto cargo de Urbanismo –ambos a siete años de inhabilitación– y el promotor Roberto García Arrabal como cooperador necesario –a tres años y seis meses–.
En la vista que ha celebrado este miércoles la Sala lo de Penal del Tribunal Supremo, y que se ha prolongado durante unas tres horas, se han revisado los recursos presentados por los abogados de los tres condenados, que solicitan que se revoque la sentencia de la Audiencia Provincial de Granada y sus representados sean absueltos.
A este respecto, la defensa de Isabel Nieto y el citado funcionario municipal, que ejerce el letrado Ernesto Osuna, ha confiado en que el Supremo, dentro de la doctrina que viene manteniendo, determine que escoger entre una de las varias interpretaciones legales posibles no constituye un delito de prevaricación.
También, se han abordado las alegaciones de las acusaciones condenadas en costas tras acusar, sin que lo hicieran ni la Fiscalía ni el Ayuntamiento de Granada, a los concejales que votaron a favor del expediente urbanístico. La Fiscalía se ha adherido a los recursos de estas tres acusaciones ejercidas por un ciudadano particular, el partido político Vox y la General de Galerías Comerciales pidiendo que se revoque el fallo en cuanto a la imposición de costas.
En su sentencia de 141 folios, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial declaró además la nulidad de la licencia concedida en junio de 2012 para instalación de la actividad de la citada sala de fiestas; así como los posteriores permisos dirigidos a la adecuación del local, apertura y el funcionamiento de la discoteca. La Fiscalía tomó la decisión de no recurrir el fallo ante el Supremo.
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