GRANADA, 7 (EUROPA PRESS)
La Audiencia de Granada ha confirmado una pena de dos años y tres meses de prisión para un hombre al que la Guardia Civil encontró 360 plantas de marihuana en una vivienda de Santa Fe (Granada) y que alegó que las tenía para consumo propio, una hipótesis que el tribunal rechaza al considerar que constituye “una burla a la razón y a las más elementales reglas de lógica”.
Los hechos se remontan al 30 de junio de 2021, cuando agentes de la Guardia Civil registraron el inmueble y encontraron un total de 360 plantas de marihuana con un peso neto de un kilo y medio, así como toda una instalación de halógenos, aires acondicionados y ventiladores necesarios para el cultivo, según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.
Los agentes también acreditaron la existencia de una instalación fraudulenta a la red eléctrica para evitar que el consumo eléctrico de la instalación pasara por el contador, ocasionando un perjuicio de 1.450 euros a la compañía eléctrica. Motivos todos ellos por los que este hombre fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de Granada por un delito contra la salud pública y otro de defraudación de fluido eléctrico.
El hombre recurrió ante la Audiencia Provincial alegando, entre otras cuestiones, que las plantas eran para su propio consumo y de algún otro familiar, pero el tribunal rechaza esta versión por entender que el más de kilo y medio de marihuana que le fue intervenido “excede considerablemente de la cantidad que pueda razonablemente considerarse destinada al propio consumo”.
Hace hincapié la Audiencia que la marihuana procede de un total de 360 plantas que, alcanzado su normal desarrollo de no haber sido interrumpido por la actuación policial, “habrían producido un peso y un índice de THC muy superior”.
“Dicho de otro modo, la simple idea, o hipótesis, del destino al autoconsumo de las 360 plantas de cannabis poseídas, cuyo crecimiento se estimula mediante todo un completo y costoso sistema de riego y electricidad (obtenida de modo fraudulento), constituye una burla a la razón y a las más elementales reglas de lógica y común experiencia”, precisan los magistrados de la Sección Segunda.
Por ello, desestiman el recurso y confirman la condena del juzgado de lo Penal, que además de la pena de prisión incluye multas de más de 5.000 euros y una indemnización a la compañía eléctrica en 1.450 euros.
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