ALMERÍA, 13 (EUROPA PRESS)
El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a un año de prisión a un hombre acusado de mantener un cultivo de 366 plantas de marihuana en una vivienda de Berja (Almería) que fue intervenido a finales de julio de 2019.
El fallo, dictado por conformidad y consultado por Europa Press, condena al acusado por un delito contra la salud pública y otro de defraudación de fluido eléctrico, ya definido a la pena de tres meses de multa a razón de una cuota diaria de cuatro euros.
Las investigaciones policiales realizadas con anterioridad determinaron los posibles indicios de un cultivo de marihuana en la vivienda, lo que llevó a el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Berja a dictar un auto que posibilitó la entrada y registro del inmueble a los investigadores a finales de julio de 2019.
En dicho registro de la vivienda, perteneciente a una empresa ajena a los hechos, el acusado fue sorprendido con la plantación de marihuana. Los análisis determinaron que la sustancia, unos 432,88 gramos de hojas de planta de cannabis, podría alcanzar un precio de venta en el mercado ilícito de hasta 2.193,95 euros.
Además, según recoge el texto, el acusado había realizado un enganche irregular a la red de Endesa para suministrar de energía a la vivienda, habiendo producido una defraudación cuyo valor se estima en 719,65 euros.
Por otro lado, también se encontraron varios elementos y herramientas destinadas a favorecer el crecimiento de la plantación de marihuana, entre ellos, 16 balastros, seis lámparas y máquinas de aire acondicionado, entre otros aparatos.
La sentencia recoge que en concepto de responsabilidad civil, que el condenado deberá de indemnizar a Endesa Distribuciones Eléctricas, S.L., en la cantidad de 719,65 euros, más intereses legales. Además, impone una multa de 2.193,95 euros con responsabilidad personal subsidiaria de ocho días de privación de libertad en caso de impago.
La juez acuerda la suspensión de la ejecución de la pena de prisión impuesta al condenado bajo la condición de que no cometa un nuevo delito durante el plazo de dos años desde la firmeza de la sentencia.
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