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Tres miembros de una asociación cannábica han sido condenados por el hallazgo de aproximadamente 7 kilos de marihuana

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ALMERÍA, 9 (EUROPA PRESS)

Tres miembros de una asociación cannábica de Níjar (Almería) han sido condenados por un delito contra la salud pública después de que, durante un registro en la nave que regentaban, se hallaran unos siete kilos de sustancia con distintos niveles de THC y valorada en cerca de 4.000 euros destinada por todos ellos a la venta a terceros.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rechazado los recursos de apelación interpuestos por las partes tras la condena de la Audiencia Provincial, que impuso a cada uno de ellos siete meses de prisión por estos hechos toda vez que los absolvía de un delito de asociación ilícita.

El fallo condenaba al presidente, al tesorero y a la secretaria de la asociación cultural que llegó a inscribirse en el registro de asociaciones de Andalucía como una entidad para la promoción de “actividades de información, estudio e investigación de cuestiones relativas al cannabis desde los puntos de vista científico, médico y legal”, entre otras actividades.

En este sentido, su articulado establecía expresamente que la asociación no tenía por objetivo “el fomento ni la difusión del consumo de sustancia alguna por medios o con fines ilegales”; un aspecto que, a criterio de la Sala, “dista bastante de las actividades desplegadas en la realidad” al entender que los condenados se han prestado al cultivo de cannabis “a importante nivel” para su “expendición a consumidores a cambio de contraprestación económica”, ya sea para su consumo en el local o para llevar consigo.

La sentencia da por probado que los acusados desarrollaron su actividad desde, al menos, agosto de 2017 “aparentando y creyendo erróneamente” que la forma asociativa “amparaba la libre circulación de droga”. En este sentido y bajo una división de funciones, se dedicaron a “la venta indiscriminada de cannabis” a quienes acudían a las instalaciones.

Los acusados carecían de cualquier autorización administrativa para la producción y distribución de tales sustancias que fueron intervenidas a sus portadores en las inmediaciones de la nave por agentes de la Guardia Civil en varios registros.

Finalmente se produjo un registro en la sede de la asociación, bajo autorización judicial, en la que se intervinieron distintas bolsitas con estupefacientes, un libro con 153 asientos de socios registrados, dinero en efectivo y, en la segunda planta, dos tiendas de campaña con unas 70 semillas en fase inicial de germinación, entre otros efectos .

En su condena, la Audiencia de Almería aplicó la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas dado que el juicio se llegó a suspender hasta en tres ocasiones, las dos primeras por motivos ajenos a la voluntad de los acusados, lo que supuso una demora de enjuiciamiento de más dos años.


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