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La Junta Electoral Central (JEC) ha tomado en cuenta el hurto de 28 votos por correo en Almería, los cuales ya han sido invalidados para evitar su empleo en formas ilegítimas

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ALMERÍA, 19 (EUROPA PRESS)

La Junta Electoral Central (JEC) ha informado de que ha tomado nota de un robo de votos por correo en Almería y ha indicado que la documentación electoral sustraída ha sido “rápidamente” anulada, lo que impide que puedan ser admitidas por ninguna oficina del territorio nacional.

La JEC señala que, tras haber quedado “imposibilitada” la posible “utilización ilegítima de esa documentación” para votar el 28 de mayo, la Oficina del Censo Electoral ya ha emitido duplicados para que los electores afectados “no se vean perjudicados en su derecho de sufragio”.

En un comunicado, ha explicado que Correos informó de que se habían sustraído un total de 28 documentaciones electorales durante su traslado a los votantes por un repartidor de la sociedad estatal.

Fuentes de la investigación policial han concretado a Europa Press que los hechos tuvieron lugar el pasado 9 de mayo cuando uno de los funcionarios de Correos se desplazó al barrio de Los Almendros para hacer entrega de la documentación electoral para el voto por correo, cuando fue requerido por un hombre que le requirió todas las papeletas que portaba para encargarse él mismo de su reparto.

Si bien el cartero se vio obligado a hacer entrega de los votos, la cuestión fue denunciada, de modo que al hombre se le tomó declaración por un presunto delito de coacciones leves y quedó en libertad mientras que las diligencias fueron puestas a disposición judicial.

De forma paralela, según ha explicado la Junta Electoral, todas las documentaciones sustraídas, anuladas mediante el bloqueo de los respectivos códigos identificativos, pertenecían a votantes asignados a mesas electorales de la circunscripción de Almería.

La JEC remarca que los duplicados emitidos por la Oficina del Censo Electoral serán los únicos válidos para su admisión por las oficinas de correos.

Concluye trasladando que la adopción de estas medidas “tienen como finalidad primordial la de salvaguardar la pureza del proceso electoral” y matizando que, sin perjuicio de ello, la autoridad competente “deberá garantizar la seguridad ciudadana”, así como “la investigación y la persecución judicial de los delitos que, en su caso, se hayan podido cometer”.


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