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Hombre sentenciado a cinco años de prisión por abusar sexualmente de una niña de 12 años a la cual cuidaba en Almería

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ALMERÍA, 10 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a cinco años y un día de prisión a un hombre que sometió a tocamientos y dio besos sin consentimiento a una niña de 12 años con la que tenía una relación familiar lejana, pero que le llamaba “abuelo” ya que era la persona que la cuidaba cuando su madre “estaba ausente”.

El tribunal condena al procesado autor de un delito continuado de abuso sexual a una menor de 16 años y, al margen de la pena privativa de libertad, le impone medida de libertad vigilada por periodo de siete años y alejamiento de la niña a más de 200 metros durante diez años.

La sentencia de la Sección Tercera, consultada por Europa Press, relata tres episodios que se produjeron con apenas cinco días de diferencia en los que el acusado abordó a la menor “a solas” para “tocarle el trasero y los pechos por encima de la ropa” y darle “besos en los labios”. La niña consiguió zafarse en todas las ocasiones y pudo pedir auxilio tras el último de los abusos, que le ha ocasionado “malestar, miedo y nerviosismo”, según indica el fallo.

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Remarca que la víctima “tenía tal confianza y proximidad que llamaba abuelo” al procesado, quien era “consciente” de este hecho “del que se aprovechó”.

El tribunal destaca la “forma absolutamente coherente” en la que menor relató “los tocamientos y los besos” frente a la declaración en acto de juicio del procesado, “meramente exculpatoria y nada creíble”.

Añade, asimismo, que los testigos trasladaron que “contó espontáneamente, si un motivo para faltar a la verdad” los abusos a una amiga y esta a terceros, por lo que llegó a oídos de su madre, y alude a un agente de la Guardia Civil que describió que la niña “estaba afectada y con ansiedad, aunque narró lo hechos con coherencia y con detalles”.

“El propio acusado ha reconocido tener buena relación con la menor, a igual que con la madre hasta el punto de dejarle a sus hijos a su cuidado, lo que unido a la credibilidad de la menor, justificada por su corta edad, determina que no sea lógico, ni comprensible que la misma pudieran inventar todo lo expresado con el solo propósito de perjudicar a un tercero”, señala.

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La sentencia descarta “los móviles de venganza de la familia de la menor por unos problemas” alegados por el procesado a los que la menor “era ajena” y hace referencia, por último, al informe pericial que concluye la “veracidad” de las manifestaciones de la niña.

“La credibilidad otorgada a la versión de la víctima por la percepción directa del tribunal, ante la ausencia de motivos o razones que hagan dudar de su credibilidad, su persistencia en la narración de los hechos de forma constante y coherente, así como, sobre todo ante la corroboración de lo expresado por la credibilidad de su testimonio según la pericial psicológica, se concluye en la realidad de los hechos declarados probados y su autoría por parte del acusado”, finaliza.


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