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Forenses resaltan la intensidad de los golpes sufridos por la mujer supuestamente asesinada por su ex pareja en los tribunales

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ALMERÍA, 19 (EUROPA PRESS)

Las forenses han indicado este jueves que el cadáver de Inmaculada Z.M.O., de 42 años, presentaba “lesiones muy violentas y deformantes” en la cabeza y el rostro, y han afirmado que esas heridas “no pudieron hacerse con un único golpe”.

Han trasladado, asimismo, ante tribunal de jurado que enjuicia en la Audiencia Provincial de Almería a su expareja D.C. como presunto autor del crimen, que la autopsia reveló “distintos focos de contusión y zonas de impacto” con “un objeto contundente, duro” al tiempo que han precisado que la víctima recibió “cuatro golpes”.

En la cuarta sesión de la vista oral por asesinato con alevosía, quebrantamiento de alejamiento y coacciones, y a preguntas de la fiscal, las forenses han asegurado que Inmaculada Z.M.O. tenía “una contusión intensa con hinchazón” en el dorso de sus manos y en la muñeca, que han achacado a su “afán de defenderse” cuando fue atacada en la noche del 5 de junio de 2021 en la calle Pintor Rosales de Roquetas de Mar.

“Intentó con la mano protegerse la cara e interceptar los golpes en un acto reflejo”, han dicho, para añadir que la agresión que sufrió supuestamente a manos de D.C. con una piedra de hormigón de cinco kilos le causó “un traumatismo craneofacial severo, con estallido del ojo izquierdo, pérdida de dientes, fracturas y hundimientos”.

Tras esta pericial, en la que se han mostrado al jurado popular las fotografías contenidas en autos del cuerpo sin vida de la víctima, que el procesado ha evitado mirar en todo momento, los peritos de Criminalística de Guardia Civil han señalado que las “salpicaduras de sangre” que se hallaron en la escena del crimen estaban a “40 centímetros del suelo” en coches y en las paredes de una vivienda.

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“Esto indica que cuando le dieron el primer golpe cayó al suelo y una vez en el suelo, recibió el resto de golpes ya que no había sangre en altura”, han apuntado mientras que, a preguntas de la defensa, han precisado que “no observaron signos de lucha” y que, incluso, “tenía aún su bolso colgado”.

Han confirmado que, en la escena, se halló el móvil de la víctima y su reloj, el supuesto arma homicida “con manchas de lo que parecía sangre y un pelo adherido”, así como un “trozo de bolsa de plástico con restos anerosos que podrían corresponderse con la piedra” y la chaqueta negra “rota y anudada en las mangas” en la que se habría envuelto la citada piedra y sobre cuya cadena de custodia ha intentado sembrar la duda el abogado del procesado.

Los agentes han negado “cualquier manipulación” de la prenda en la que se encontró ADN tanto de la víctima como de su presunto asesino.

La pericial más intensa de la cuarta sesión de la vista oral ha sido la de los agentes de apoyo técnico de la UCO que elaboraron el informe de geolocalización que desmentiría la coartada que ha mantenido el acusado para negar la autoría del crimen.

A preguntas de la fiscal, los guardias civiles han descartado “cualquier margen de error” y han dado un “cien por ciento de fiabilidad” al análisis realizado de los móviles de víctima y acusado respecto a los repetidores de telefonía.

“Todas las conexiones que el teléfono de D.C. hizo esa noche son incompatibles con haber estado en la playa y podemos decir, sin ningún genero de duda, que, en el tramo de 15 minutos en que se produjo el asesinato, los dos teléfonos, el de acusado y víctima, estaban en la misma zona”, han remarcado.

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Ha admitido que, en esa misma zona, había “otras antenas”, pero que no se analizaron “porque no conectaron con el teléfono” del procesado y han explicado que la geolocalización “no da ubicación exacta, sino zonas compatibles”. “Sabemos que a esa hora tenían la misma cobertura los dos, y que el móvil del acusado hizo una sola comunicación y solo a un poste”, han concluido.

Las acusaciones –también está personada la Junta de Andalucía– atribuyen a D.C. la presunta comisión de un delito de asesinato con las agravantes de parentesco y de discriminación por razón de género por el que interesa 25 años de cárcel, otro de quebrantamiento de condena por el que pide un año de cárcel, y un tercer delito de coacciones en el ámbito de la violencia sobre la mujer por el que solicita 24 meses de prisión.

En su escrito de acusación, el fiscal indica que la víctima rompió la relación de tres años “a consecuencia del maltrato desplegado” por el procesado sobre ella “movido por los celos” y que fue condenado en firme por ello, por lo que tenía en vigor una prohibición de acercarse a menos de 500 metros.

Añade que, desde que fuese excarcelado en abril de 2021, la sometió presuntamente a acoso para “forzar su encuentro y retomar la relación”, y también, para “coartar su tranquilidad emocional” con “un total desprecio a la resolución judicial” que le obligaba a permanecer lejos de ella.

El Ministerio Público detalla que habría acudido de “forma continuada” a su domicilio y a la casa conde Inmaculada Z.M.O. trabajaba ejerciendo la prostitución, habría generado “altercados con sus compañeras”, la habría “seguido a cualquier lugar que fuera” y que la habría esperado “para acecharla” y “recriminarle que había entrado en prisión por su culpa”, además de “ponerse en contacto” con “familiares y amigos” para que “volviese con él”.

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Toda esta situación obligó a la víctima “a cambiar los recorridos que hacía habitualmente” en su vida diaria y “perturbó” no solo el “desarrollo de su día a día cotidiano, sino también el de los compatriotas que trabajaban con ella, causándole temor y angustia ya que el procesado tenía el propósito continuado de atentar contra su integridad física”.

Detalla, que el día del crimen, el acusado la acechó en una calle que sabía que ella recorría a la salida del trabajo y le dio presuntamente con una piedra de “dimensiones desproporcionadas” en la cara “múltiples e incesantes golpes”.

Mantiene la fiscal que “aumentó de manera intencionada su dolor”, ya que le propinó, tal y como remarco en esta primera sesión del juicio, “no uno, ni dos, ni tres, sino hasta cuatro” golpes con la piedra de hormigón en el “rostro hasta que logró hundírselo y desfigurarlo” para, a continuación, dejarla en la vía pública y emprender la huida.

Inmaculada Z.M.O. falleció a causa de traumatismo craneoencefálico severo y una hemorragia subdural traumática con lesiones craneofaciales “que le originaron una importante inflamación con deformidad”.

Al margen de la pena privativa de libertad, el Ministerio Público interesa que se le imponga la medida de libertad vigilada por periodo de diez años y que se le prohíba acercarse a los tres hijos mayores de edad de la víctima a menos de 500 metros por un periodo de 30 años, al tiempo que pide el pago de 100.000 euros de indemnización a cada uno de ellos.


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