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El TSJA confirma la condena de ocho años de prisión para el individuo que apuñaló a su ex pareja en un parque de Almería

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ALMERÍA, 24 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de ocho años de prisión a un hombre acusado de intentar matar a su expareja sentimental de varias cuchilladas en un parque de Almería, donde fue visto por varias personas que acudieron a auxiliar a la víctima.

En su sentencia, el alto tribunal andaluz desestima los cinco motivos de apelación esgrimidos por la defensa y ratifica el pronunciamiento de origen, que también imponía al condenado cinco años de libertad vigilada y una orden de alejamiento e incomunicación de 18 años sobre la víctima, a la que además deberá indemnizar con 10.700 euros.

La Sala de Apelación rechaza que se ocasionara indefensión al acusado por no acceder a su deseo de ser el último en declarar en la vista oral, toda vez que avala la práctica de la prueba realizada como “suficiente” para desvirtuar su presunción de inocencia, ya que además de la versión de la víctima y de los testigos también está la aportación de las autoridades, que detuvieron al sospechoso y recuperaron los cuchillos de los que intentó desprenderse.

Del mismo modo, observa en función de las heridas provocadas a la víctima –una de ellas, una cuchillada en un pecho– un cierto ánimo de matar y no solo de herirla, al tiempo que apunta una serie de “incidentes agresivos previos” dados en el marco de la relación afectiva por los que el acusado llegó a estar en prisión.

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La Sección Tercera de Almería ya dio por probado que sobre las 22,30 horas del 19 de junio de 2022, el acusado se dirigió “portando varios cuchillos” al parque de Piedras Redondas de la capital almeriense donde se encontraba su pareja en compañía de otras personas.

Una vez allí se acercó a la víctima y “guiado por el ánimo de acabar con la vida de aquella”, la apuñaló “reiteradamente” con los cuchillos pese a que la mujer trataba de taparse con las manos.

Al observar estos hechos, se acercaron los amigos de la víctima, que forcejearon con el acusado para arrebatarle las armas, de forma que el hombre se marchó rápidamente del lugar.

Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió hasta seis heridas incisas y punzantes en los brazos y en el pecho izquierdo, por lo que necesitó varios puntos de sutura y medicación. La mujer tardó diez días en curar de sus heridas, tiempo en el que estuvo incapacitada.

El tribunal de instancia considera “indubitada” la participación del acusado en los hechos no solo por la declaración “coherente, constante y plenamente creíble” que presentó la víctima sino también por la que dieron otros tres testigos, a lo que se acompañaron los informes médicos de las heridas sufridas por la mujer.

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En este sentido, la hija de la perjudicada explicó que tras haber llegado al parque e intercambiar una serie de empujones, el acusado se fue a por su madre y “empezó a darle puñaladas”, por lo que la víctima tuvo que “protegerse con el antebrazo” al tiempo que los presentes tuvieron que “ayudarla para quitarle al acusado los cuchillos que llevaba”. Otros dos testigos corroboraron dicha versión.

A ello se acompañó el atestado de los agentes de policía que intervinieron en el esclarecimiento de los hechos y quienes localizaron los cuchillos empleados en la agresión en el parque. Según les indicaron los testigos, uno de los cuchillos le había sido arrebatado al agresor y el otro había sido abandonado durante su huida.

Frente a ello, la Sección Tercera apuntaba en la resolución judicial la versión “exculpatoria” y “nada creíble” del acusado, quien aseguró haber “coincidido” con la víctima el día de los hechos, aunque negó haber discutido con ella o haber llevado cuchillo alguno al lugar de los hechos donde, según sostuvo, le agredieron a él “sin motivo”.

De igual modo, el tribunal observó el “animus necandi” del acusado a la hora de intentar matar a su expareja, puesto que la agredió “hasta en seis ocasiones con un cuchillo” en una “zona vital” al alcanzarle el pecho, tal y como atestiguaron los forenses.

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UN ATAQUE SIN ALEVOSÍA

No obstante, descartaba la existencia de una “alevosía” para calificar los hechos como un intento de asesinato, tal y como pedía inicialmente la Fiscalía –a la que se adhirió la acusación particular– al reclamar para el acusado hasta 14 años y once meses de prisión, puesto que el ataque se produjo de forma “frontal”, lo que “excluye el carácter inesperado” ya que la víctima vio como el acusado se acercaba a ella.

De igual modo, la discusión previa con la hija de la víctima hizo “desaparecer el carácter sorpresivo” del ataque. “La posibilidad de la defensa por parte de la víctima es de igual modo evidente, como ella misma reconoció, poniendo las manos por delante evitando que las heridas alcanzaran a los órganos vitales hacia donde iba dirigido el ataque”, ha añadido el tribunal.

El teléfono 016 es el número de información y asesoramiento jurídico para las víctimas de violencia machista y su entorno. Funciona las 24 horas, atiende en 52 idiomas, es gratuito y no deja rastro en la factura telefónica, aunque puede quedar registrado en ciertos terminales y debe ser borrado. El servicio también responde a través del correo 016-online@igualdad.gob.es y presta atención mediante WhatsApp en el 600000016.


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