ALMERÍA, 20 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de 14 años y ocho meses de prisión para Zohair K., quien ya fue condenado a diez años de cárcel por ayudar a huir a seis terroristas de los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid, por disparar en dos ocasiones sin éxito contra un agente de la Guardia Civil y encañonar a otro al tratar de escapar de una vivienda de Almerimar, en El Ejido (Almería), a la que había entrado para efectuar un robo.
El alto tribunal andaluz ha desestimado los recursos de apelación del acusado y de su compinche en el robo, ambos impugnados tanto por la Fiscalía como por las acusaciones particulares, toda vez que confirma en su sentencia, adelantada por el diario La Razón y consultada por Europa Press, las penas establecidas por la Audiencia Provincial.
La Sala de Apelación considera patente la intención de matar del acusado ante ese “conato repetido” de disparo que realizó contra el agente que le perseguía cuando prácticamente le había alcanzado y que finalmente no llegó a producirse debido a que su “impericia” le llevó a no quitar el seguro del arma.
El TSJA incide en la “muy pormenorizada y trabajada sentencia” de origen, cuya ponente fue la magistrada Soledad Balaguer, en base a las declaraciones de los perjudicados y “el hecho incuestionado de tener en su poder el arma, la misma pistola que había utilizado para amedrentar a la víctima de robo” que habían cometido previamente.
Incide así en la precisa versión ofrecida por el agente, representando por Miranda Asesores, quien detalló que cuando estaba apenas a tres metros del acusado, este sacó su pistola de la zona de la cadera, apuntó contra él y apretó el gatillo llegando a oír el “click”, sin que se produjera la detonación. Fue entonces cuando miró el arma e intentó realizar un segundo disparo, también sin éxito.
A esta versión se unió la pericial técnica de balística que confirmó el correcto estado de funcionamiento de la pistola de la que se llegó a accionar el disparador, si bien el seguro impidió que se detonara. Así, determina que el acusado no consumó su intención homicida porque “no pudo reconocer la existencia del seguro que a lo mejor ni siquiera sospechaba que forma parte de su mecanismo”.
El tribunal de origen impuso al acusado ocho años y ocho meses de prisión por un delito de homicidio intentado, un delito de atentado y dos delitos leves de lesiones, todos ellos en concurso ideal, así como cuatro años más de prisión por un delito de robo con violencia e intimidación así como dos años adicionales por un delito de tenencia ilícita de armas. También le condenó a tres meses de multa por un delito leve de lesiones.
UN ROBO PLANIFICADO
La Sección Tercera de Almería ya dio por demostrado que el acusado, en compañía de un compinche condenado tres años, dos meses y siete días de prisión por el robo con violencia, acudió durante la madrugada del 24 de febrero de 2022 a una vivienda situada en el núcleo costero de Almerimar, en El Ejido, con el propósito de cometer un robo.
Los condenados habían seleccionado la vivienda y planificado el golpe previamente, puesto que para lograr su propósito utilizaron un dispositivo electrónico de inhibición canina a fin de evitar que los perros de guardia que poseía la propietaria de la casa pudieran actuar contra ellos.
Una vez tranquilizados los perros, ambos saltaron el muro perimetral de la vivienda ataviados con guantes y pasamontañas para evitar ser reconocidos. En este sentido, la condena aplicaba la agravante de disfraz, que endurece la pena.
Del mismo modo, iban provistos de varias herramientas con las que fracturaron una puerta de la vivienda y pasaron al interior. Los procesados subieron al dormitorio de la víctima, quien fue apuntada por una pistola “cargada y apta para disparar” por Z.K., toda vez que le exigían “de forma violenta” el dinero y las joyas diciéndole en repetidas ocasiones que “en caso de no hacerlo la matarían”.
Los acusados llegaron a sujetar a la mujer en un momento dado con una manta en la cabeza y en cuerpo, ocasionándole lesiones. Finalmente, tras registrar varias de las habitaciones, se hicieron al menos con 80 euros en efectivo, varias piezas de joyería, las llaves de la casa y un teléfono móvil, si bien en un momento dado saltó la alarma.
En su huida, Z.K. saltó el muro perimetral de la vivienda mientras que era perseguido por un agente de la Guardia Civil, quien le dio el alto “de forma repetida” mientras se identificaba. Así, cuando el agente estaba a unos tres metros de él, Z.K. extrajo de la zona de la cadera la pistola e hizo que el agente se detuviera.
EL ARMA NO SE DISPARÓ
“El procesado apuntó al agente al pecho, adoptó una postura firme de disparo y accionó el gatillo de la pistola, con la intención de acabar con la vida del agente que le perseguía”, recoge la resolución judicial en la que se especifica que el arma no se disparó, por lo que Z.K. la miró, volvió a apuntar al guardia civil y volvió a dispararle apuntado al pecho sin conseguir accionar el arma porque “no se dio cuenta de que el seguro estaba activado”.
Ante tal situación, se volvió a dar a la fuga hasta que fue interceptado por un segundo agente, al que también trató de apuntar con la pistola si bien este guardia civil “logró superar la distancia que les separaba y ambos colisionaron”.
De este modo, se inició un forcejeo tras el cual el procesado escapó “siendo reducido por los agentes en la carrera que tuvo lugar a continuación al cabo de pocos metros”. Durante su huida, llegó a arrojar alguno de los efectos sustraídos así como el arma. Ambos agentes sufrieron lesiones de carácter leve a consecuencia de los hechos.
Por su parte, el segundo implicado, que se había ocultado en el interior de un arbusto tras saltar el muro perimetral de la casa, fue localizado por los agentes de la Guardia Civil y detenido, sin que llegara a oponer resistencia.
Además de las penas privativas de libertad, el tribunal impone a los acusados una orden de alejamiento por cinco años con respecto a la víctima, a la que deberán indemnizar con 3.400 euros por las lesiones y los daños morales sufridos.
Z.K. deberá, además, indemnizar a los agentes con 700 euros. Para él, la Sección Tercera estipula que una vez cumplidos dos tercios de la condena, o cuando le sea concedido el tercer grado penitenciario, el resto de la pena sea sustituido por diez años de expulsión del territorio nacional.
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